Declaran competente al juzgado federal de Bariloche para la extradición de Jones Huala

Lo resolvió la Cámara Federal de General Roca en un conflicto planteado con el juzgado federal de Esquel

La Cámara Federal de Apelaciones de General Roca declaró al juzgado federal de Bariloche como el órgano competente para intervenir en el proceso de extradición a Chile de Facundo Jones Huala quien fue detenido el pasado 30 enero en la localidad rionegrina de El Bolsón. El tribunal de alzada se pronunció de esta manera en sintonía con lo que había dictaminado la fiscal interina María Claudia Frezzini.

Esta decisión se dio en el marco de un conflicto de competencia entre los juzgados federales de primera instancia de San Carlos de Bariloche, en la provincia de Río Negro, y de Esquel, en la provincia de Chubut. En el fallo la Cámara sostuvo que debía aplicarse al caso lo dispuesto en uno de los artículos de la Ley de Cooperación Internacional en Materia Penal. La norma establece que “en caso de arresto provisorio efectuado sin previa intervención judicial, será competente el juez federal con competencia penal que tenga jurisdicción territorial en el lugar donde se efectuare y que estuviera en turno al momento del arresto”.

El juzgado de San Carlos de Bariloche se había declarado incompetente basándose en el domicilio del líder de la Resistencia Ancestral Mapuche (RAM) quien en el momento de su detención manifestó que vivía en Cushamen, en Chubut. En su fallo la Cámara Federal de General Roca destacó la inestabilidad de la residencia de una persona prófuga, como era la situación de Jones Huala, y asimismo señaló que los dichos del jefe mapuche no configuran el domicilio como real. En ese sentido agregó “más si se trata de alguien quien hasta el momento de su detención registraba, de acuerdo a la información que sirvió de base para decidir -Notificación Azul de Interpol por quebrantamiento de condena-, como último domicilio uno del vecino país – Chile-, en tanto allí fue condenado y se fugó mientras se encontraba en cumplimiento de la pena impuesta”.

En su resolución, el tribunal revisor roquense adhirió a lo que había expuesto en su dictamen la fiscal federal Frezzini, quien resaltó que al momento del ingreso de la notificación roja de Interpol -que es la que promueve la detención que una persona que es buscada-, Jones Huala estaba detenido en la Comisaría 36 de Bariloche “por lo que su residencia durante el trámite tampoco varió.”

Comisaría de Dina Huapi donde estuvo detenido Jones Huala hasta ser trasladado al penal de Esquel

Vale recordar que Facundo Jones Huala, condenado en Chile por incendio y tenencia de armas de fuego, fue detenido por la Policía de Río Negro el 30 de enero en el barrio La Esperanza, en El Bolsón, a raíz de la denuncia de una vecina quien le comunicó a las fuerzas de seguridad que había una persona gritando frente a su domicilio, golpeándole la puerta y que tenía miedo. En el momento de la detención los efectivos constataron que el jefe de la RAM no tenía su documento de identidad y que, mientras lo llevaban al móvil policial les dijo “soy el líder mapuche Jones Huala.”

En ese marco intervino el juzgado federal de la ciudad de San Carlos de Bariloche que, una vez constatado que el detenido contaba con una notificación azul de Interpol vigente ordenó que, en el plazo de cuatro horas, el Ministerio de Relaciones Exteriores, Interpol y la Dirección General de Cooperación Regional e Internacional del Ministerio Público Fiscal informen “los alcances de la alerta y por intermedio de sus canales institucionales certifiquen ante las autoridades de la República de Chile si interesa la detención” de Jones Huala.

Luego se declaró incompetente al considerar que la detención del imputado por un presunto delito ordinario cometido en El Bolsón “era inoperante para atribuir la jurisdicción del Juzgado Federal de Bariloche por entender que el procedimiento de extradición es de ayuda y no reviste la condición de causa judicial en sentido estricto”. Asimismo, sostuvo que la jurisdicción competente para intervenir era el Juzgado Federal de Esquel, ya que cuando fue detenido Jones Huala manifestó que su lugar de residencia era la localidad de Cushamen, en la provincia de Chubut. Frente a esta situación y ya ingresada la causa al Juzgado Federal de Esquel, la magistrada a cargo rechazó su competencia territorial y devolvió la causa al juzgado de origen. Ante este conflicto, intervino la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca que antes de resolver dio traslado del conflicto a la fiscal Frezzini para que emita su dictamen, con el que acordó para disponer la competencia del juzgado de Bariloche en el proceso de extradición a Chile de Facundo Jones Huala.

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