Abogados penalistas apoyaron el fallo que condenó a los asesinos de Fernando Báez Sosa

Consultados por Infobae, los especialistas consideraron correcta la calificación y la pena de perpetua para cinco de ellos y de 15 años para los restantes

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Los ocho rugbiers al momentos de escuchar la condena
Los ocho rugbiers al momentos de escuchar la condena

Varios penalistas consultados por Infobae respaldaron la condena dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal 1 de Dolores que hoy dictó prisión perpetua para los rugbiers Máximo Thomsen, Enzo Comelli, Matías Benicelli, Ayrton Viollaz, Blas Cinalli, Luciano, Lucas y Ciro Pertossi por el asesinato de Fernando Báez Sosa, cometido el 18 de enero de 2020 frente a la discoteca Le Brique en Villa Gesell. A los cinco condenados a perpetua se los halló culpables del delito de homicidio doblemente agravado por premeditación y alevosía en concurso real con lesiones leves. En tanto los otros integrantes del grupo que golpeó a Fernando Báez Sosa hasta la muerte, Ayrton Viollaz, Blas Cinalli y Lucas Pertossi, recibieron penas de 15 años de cárcel como partícipes secundarios del mismo delito.

“Fue un fallo justo”, sostuvo el penalista Mauricio D’Alessandro ante la consulta de este medio. Y agregó: “Hace bien la distinción con el agravante y atenuantes. Es una sentencia muy dura. Está aplicando el máximo de la escala en todos los sentidos. Incluso con el tema de la participación secundaria. La resolución sostiene además que por sus condiciones están acostumbrados a resolver una agresión en un segundo, y por eso no es necesario pensar en tener un plan que requiera más tiempo”.

Además, lo comparó con el caso de Lucio Dupuy: “Es una sanción muy dura. Hace cinco días la madre de Lucio ‘zafó’ con nada de la acusación de abuso sexual agravado, por el beneficio de la duda, así que podía pasar cualquier cosa. Pero es un fallo justo”.

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Fernando Burlando, abogado de la familia Báez Sosa
Fernando Burlando, abogado de la familia Báez Sosa

Por su parte, Adrián Tenca se mostró en sintonía con su colega y expresó: “Estaba claro que en este caso existían dos niveles de responsabilidades: los que le pegaron a Fernando y los que les pegaron a los amigos de Fernando. Por eso me llama la atención el veredicto. El fallo confirmó esos dos niveles de responsabilidades, pero lo que es extraño es que el tribunal haya acreditado el plan previo y dentro de ese plan a tres hayan considerado partícipes secundarios. Si hay un plan, hay diferenciación de los roles. Y además el participe secundario indica que el hecho se hubiera cometido igual”.

A juicio de Tenca, la sentencia que habló de perpetua es correcta e incluso hubiera sido posible también una pena alta por homicidio simple. Pero afirmó: ”La perpetua debió haber sido para los tres que le pegaron a Fernando y absolución para los que pegaron a los amigos de Fernando. Si hubiera habido una absolución prendían fuego el tribunal. Entonces decidieron condenar a cinco a perpetua y a tres a 15 años como partícipes secundarios. Es la salida jurídica que encontraron”.

El penalista Fernando Soto, asimismo, afirmó estar de acuerdo con lo resuelto por el Tribunal de Dolores. “Es un fallo lógico y basado en las pruebas. Es un fallo muy duro. A pesar de que hubo dos calificaciones diferentes todos fueron condenados por ser los asesinos de Fernando Báez Sosa. Incluso en la participación secundaria de los tres que no fueron condenados a perpetua les dieron la pena máxima para ese delito. Se los condenó por haber impedido la ayuda, haber hecho un plan premeditado y por matar a una persona indefensa. Es una sentencia no habitual, no estamos acostumbrados a sentencias así, la sentencia analiza los hechos razonable y lógicamente”.

Y completó: “El Tribunal analizó los elementos del dolo y además del ADN, los videos, las patadas, las testimoniales agregaron la actitud posterior, eso me parece razonable y habitualmente no sucede. De acuerdo a la ley actual la pena de perpetua no permite que salgan en libertad condicional, hay que ver qué sucede en años cuando pidan la libertad condicional si se declara inconstitucional o no”.

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