En 2018, Brian Cantero tenía 23 años y trabajaba en “Sein”, una fábrica de papel de Florencia Varela. Lo hacía en negro y se encargaba del engranaje de las máquinas. Nunca había sido capacitado para esa tarea y no contaba con medidas de seguridad. Así, el 24 de octubre de 2018 -dos meses después de haber ingresado- un compañero lo encontró muerto dentro de una las máquinas, entre sus rodillos.
La justicia de Florencia Varela condenó a penas de hasta tres años y medio de prisión a dos de sus jefes -el encargado del taller y el asesor de Seguridad e Higiene de la empresa- por el delito de homicidio culposo. La jueza penal Carolina Mingrone entendió que “violaron, respectivamente, los deberes objetivos de cuidados a su cargo o aumentaron, con sus respectivos comportamientos -comisivos y omisivos-, un peligro jurídicamente desaprobado que se concretó en el resultado -muerte del operario-”. Un tercer acusado -el jefe de planta- falleció antes del juicio.
El fiscal Roxana Giménez había pedido una pena de cinco años y 10 meses de prisión para Planera y de cinco años y seis meses para Españon y Leonardo Menghini, abogado querellante que representó a la familia de Cantero, cinco años y ocho meses para Planera y cinco años y cuatro meses para Españon. “Fue un trabajo muy largo que se hizo sabiendo que la jurisprudencia considera estos hechos como accidentes. Pero las condiciones de trabajo de Brian y sus compañeros son las que generan estos homicidios. Las condenas se lograron con las pruebas que se juntaron y con una pericia que demostró las irregularidades en materia de seguridad que había en la empresa”, dijo Menghini en diálogo con Infobae.
La familia de Cantero también inició un juicio laboral y otro civil por indemnización por fallecimiento y daño moral que están en trámite. La justicia civil se declaró incompetente y dijo que todavía debe tramitar en la causa laboral ya que el hecho ocurrió en ese contexto.
Cantero, a quien le decían “Mechi”, ingresó a trabajar a Sein a través de “Archi Instalaciones y Montajes”, que provee trabajadores para prestar servicio tercerizados. Cantero había sido contratado para tareas de albañilería y pintura. Pero al poco tiempo le asignaron la lubricación de la maquinaria en funcionamiento. “El espacio laboral para desarrollar la labor era poco propicio, toda vez que se trataba de una máquina que no tenía las protecciones necesarias, ni vallas seguras para prevenir un eventual accidente”, describió la Fiscalía en su acusación, según la causa a la que accedió este medio.
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“Se vislumbra un contexto de evidente precariedad laboral donde el joven Cantero, fue presa de la inexperiencia tanto por su juventud como por la falta de capacitación para protegerse de los siniestros laborales, así como para exigir condiciones seguras de trabajo, tanto en lo que hace al sitio específico de desempeño como a la provisión de herramientas. Máxime cuando las justas exigencias que puede realizar un operario hacen peligrar la fuente de trabajo, en un claro marco de vulnerabilidad, donde la oferta laboral supera -por mucho- a la demanda”, agregó.
El 24 de octubre de 2018 Cantero trabajaba con un palo y un bidón con grasa en la maquina. Un compañero advirtió que salía humo, pidió que la frenen y encontraron al joven en su interior, muerto: “Fue enganchado, arrastrado hacia el interior del mecanismo y presionado por los engranajes de la maquinaria que ocasionó el inmediato deceso de Cantero”.
Por la muerte se inició una causa penal a la que llegaron a juicio oral Alejandro Planera, jefe de taller; Antonio López, jefe de Planta; y Juan Carlos Españon, asesor de Seguridad e Higiene.
Daniel Cantero, papá de Brian, declaró en el juicio. Contó que antes de ingresar a la fábrica su hijo juntaba cartones o hacía deliverys para ayudar a la familia. Cuando entró a Seín era para hacer trabajos de albañilería y pintura pero que luego le pidieron que se encargue de engrasar las máquinas. El padre recordó que le decía que tenga cuidado, que era peligroso porque no tenía experiencia pero “Brian hacía todo lo que le pedían para poder quedar efectivo en la empresa”.
Sus compañeros también declararon en el proceso. Uno de ellos relató lo peligroso que eran las máquinas. Cuando le preguntaron sobre los riesgos de la tarea de lubricación, contestó: “Es más que claro: la muerte”. Y añadió: “Los engranajes eran gigantes y, con la máquina en funcionamiento, donde te enganchaba, no había manera de zafarse”. Recordó que otro compañero ya había sufrido un accidente cuando la máquina lo agarró pero pudo desprenderse.
Los testigos señalaron que Cantero nunca fue capacitado para el engranaje de las máquinas, a pesar de lo cuál le ordenaron hacer esa tarea. También que después de su muerte, Sein puso en blanco a todos los empleados que estaban en negro y los capacitó. “En el juicio ha quedado demostrado que Brian Cantero no recibió, en Sein, la capacitación correspondiente sobre las medidas de seguridad del trabajo, particularmente en lo relativo a la prevención de accidentes laborales, de acuerdo a las características y riesgos de las tareas laborales que venía desempeñando en la fábrica”, dijo la jueza Mingrone.
Españon sostuvo que no tenía la obligación de capacitar a los empleados subcontratados. La magistrada señaló que el decreto que reglamentó la ley 19.587 de Seguridad e Higiene en el Trabajo establece que todas las empresas tienen la obligación de capacitar a su personal en materia de higiene y seguridad, en prevención de enfermedades profesionales y de accidentes de trabajo, de acuerdo a las características y riesgos propios generales y específicos de las tareas que desempeña. Pero Españon no lo hizo.
“Su deliberado posicionamiento, en cuanto a que no le correspondía capacitar al personal contratado cuando la legislación en la materia no lo exime, sino que lo obliga, es un claro intento de exculparse injustificadamente, por la omisión indebida”, señala la sentencia dictada a fines de noviembre.
Por su parte, la defensa de Planera plateó que no hubo testigos de cómo murió Cantero. Y señaló que pudo haber ocurrido que un compañero lo empujó o que se cayó desde el primer piso de la planta. También que no se probó que el jefe de taller le haya dado la orden a Cantero de hacer el trabajo en las máquinas.
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Pero la magistrada rechazó el argumento. Sostuvo que los testigos declararon que fue Planera quien le ordenó a Cantero hacer esa tarea. Inclusivo señaló que dos empleados resaltaron que Planera “no dejaba que nadie se entrometiera en la asignación” de las funciones. “Su inverosímil versión en cuanto a que jamás le habría asignado una tarea de tal envergadura y peligrosa a Brian, quien no se encontraba capacitado para ello, se echa por tierra con lo declarado por Uinca (NdA: un empleado de la fábrica) quien manifestó haber visto a Brian lubricar la máquina continua en movimiento, explicando incluso cómo lo hacía, utilizando un tarro y una espátula, mientras el rodillo de esa máquina giraba”, respondió el juez.
La jueza condenó a Planera a tres años y seis meses de prisión y a Españon a tres años por el delito de homicidio culposo. Además les impuso una inhabilitación por el doble del tiempo (siete años y medio a Planera y seis a Españon) para ejercer como supervisor o jefe de taller y como ingeniero en seguridad e higiene. Los dos ya apelaron sus condenas para que sean revisadas.
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