Ocaña le pidió a la Justicia que CFK no perciba un retroactivo millonario por su jubilación

La diputada presentó una medida cautelar ante el juez federal Ariel Lijo. En dos días vence la emergencia sanitaria, lo que habilitaría a la vicepresidenta a cobrar una suma cercana a los $175 millones

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Cristina Kirchner en alcto del martes pasado en Avellaneda
Cristina Kirchner en alcto del martes pasado en Avellaneda

La diputada Graciela Ocaña presentó hoy una medida cautelar ante el juez federal Ariel Lijo para que impida que la vicepresidenta Cristina Kirchner cobre un retroactivo por su jubilación de privilegio. Se trata de una suma cercana a los $175 millones.

La vicepresidenta hasta ahora no pudo cobrar esa suma porque estaba vigente la emergencia sanitaria por el Covid, pero la medida vence el 31 de diciembre.

“Que restando menos de dos días hábiles para que finalice el año, no existe decreto ni norma que prorrogue nuevamente la emergencia sanitaria, por lo que, de no mediar un nuevo decreto, el 1 de Enero de 2023 dejaríamos de estar en emergencia sanitaria, por lo que las causales de suspensión de pago de los retroactivos dejarían de existir, y así se consumaría el perjuicio económico que V. S. debe evitar que se concrete”, dice el escrito presentado por Ocaña.

La ex presidenta había iniciado una demanda en 2017, luego de que durante el gobierno de Mauricio Macri el Ministerio de Desarrollo Social, que encabezaba Carolina Stanley, dictara una resolución que impedía el doble cobro del beneficio previsional vitalicio: la suya como ex presidenta y la derivada de su ex esposo, Néstor Kirchner.

Cristina Kirchner reclamó entonces la devolución de la pensión del ex presidente Néstor Kirchner y las sumas retenidas en concepto de Impuesto a las Ganancias.

En su demanda, la vicepresidenta afirmó que se trataba de “un beneficio no contributivo especial, otorgado en reconocimiento del mérito y del honor de quienes ejercieron esos cargos y que es incompatible con el goce de toda otra jubilación, pensión, retiro o prestación, pero del régimen ordinario”. Y hasta puso de ejemplo el caso del ex ministro de la Corte Carlos Fayt, de su ex vicepresidente Julio Cobos y de la ex presidenta María Estela Martínez de Perón, para hablar de un trato desigual hacia ella.

Como el resto de los ex presidentes, ex vices y ex integrantes de la Corte Suprema, la ex presidenta goza del beneficio de la Asignación Mensual Vitalicia, previsto en la Ley 24.018.

La diputada nacional Graciela Ocaña
La diputada nacional Graciela Ocaña

En diciembre de 2020, el juez subrogante Edmundo Ezequiel Pérez Nami favoreció a Cristina Kirchner para que pueda cobrar dos asignaciones mensuales vitalicias. “Se retuvo la prestación de asignación mensual vitalicia en su carácter de ex presidenta de la Nación, (lo que continúa sucediendo), sin que existiera notificación fehacientemente de dicho acto en legal tiempo y forma, a los efectos de ejercer debidamente su defensa”, señaló. Y agregó: “En mi convicción y en un todo de acuerdo con lo dictaminado por el Sr. Representante del Ministerio Público, la administración pública nunca puede dejar de cumplir con las obligaciones constitucionales y legales referidas que legislan el marco de su actuación.

La ANSeS decidió no apelar esa resolución. Aunque hay una decisión pendiente de la Corte Suprema, el 1 de enero la ANSeS quedaría habilitada a pagar el retroactivo.

“No es posible permitir que el ya desfinanciado ANSeS, que paga jubilaciones que a penas superan los $50.000, le de casi 200 millones de pesos a Cristina Fernandez de Kirchner. Es importante destacar que la justicia no solo esta investigando a la Directora Ejecutiva Raverta por estos hechos, sino que la Corte Suprema de Justicia de la Nación tiene a estudio un recurso de queja para determinar la procedencia o no del cobro de una doble asignación por parte de Cristina Fernandez”, destacó Ocaña en su presentación ante Lijo.

En febrero de este año, Ocaña había presentado un recurso de queja por denegación de recurso extraordinario para que se la reconozca como tercera habilitada para actuar en el juicio. Además, pidió que se considere su pedido de declaración de nulidad de la resolución por el cual la ANSES renunció a su apelación contra el fallo de primera instancia.

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