Qué tipo de visa estadounidense se puede tramitar y cuál es la indicada para cada caso

El abogado experto, Santiago Padilla, detalla las diferentes posibilidades que existen para obtener la residencia en Estados Unidos y cuáles son las mejores opciones para quienes buscan invertir en el país

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(Crédito: Shutterstock)
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Lograr obtener una visa en Estados Unidos puede tornarse una tarea compleja. Las distintas categorías vigentes y qué implica cada una puede generar cierta confusión entre quienes deciden tramitarla. En ese sentido, Santiago Padilla, abogado estadounidense especialista en este tipo de gestiones, desarrolla las diferentes clases de visas y residencias y cuáles son las más apropiadas para cada caso.

“Definitivamente, la ley de inmigración en los Estados Unidos no es muy clara, es bastante compleja y poco intuitiva. En nuestra oficina en Miami aconsejamos a clientes sobre inmigración a los Estados Unidos y una de las preguntas más comunes es: “¿Qué visa me conviene?””, asegura el experto en conversación con Infobae.

En la actualidad, existen varias categorías de visas disponibles, que se dividen a su vez en visas temporales o residencia permanente. “Normalmente, la visa adecuada para cada caso depende de cuándo quiere inmigrar la persona y cuáles son los planes futuros que tiene, como también las características y tipo de negocio o empresa que tiene en su país de origen”, indica el doctor en Jurisprudencia de la Ohio State University, Ohio, Estados Unidos.

En primer lugar, el experto asegura que las visas más frecuentes para quienes desean vivir y trabajar en Estados Unidos de manera temporal son: L-1A, orientada a empleados ejecutivos transferidos a los Estados Unidos; L-1B, diseñada para empleados con conocimiento especializado; E-1 para comerciantes de un país que tiene un tratado con los Estados Unidos; E-2, indicada para inversionistas de un país que tiene un tratado con Estados Unidos; H-1B, otorgada a empleados profesionales; O-1 planificada para artistas y personas con habilidades extraordinarias; J-1 para aprendices que van a trabajar al país sin remuneración; y P-1, establecida para atletas y grupos de entretenimiento con reconocimiento internacional.

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“Para un extranjero, quien es ciudadano de un país que tiene un tratado con los Estados Unidos (por ejemplo, argentino, chileno, colombiano, español, italiano u hondureño), normalmente la Visa E-2 de inversionista es la más adecuada para venir al país de manera relativamente inmediata y poder vivir y trabajar. Esta visa requiere invertir entre 150 mil y 200 mil dólares en una empresa emplazada aquí, que tiene por lo menos 2 o 3 empleados y ventas diarias de productos y/o servicios. También, es para empleados gerenciales del inversionista”, detalla el también especialista en finanzas corporativas, quien obtuvo su título en The University of Toledo, Ohio.

No obstante, la categoría E-2 exige que dicha empresa sea activa. “Por ejemplo, si el inversionista posee una propiedad de alquiler, está claro que no existe una “empresa activa” porque esta es, esencialmente, una inversión pasiva con el único objetivo de percibir alquileres. Sin embargo, si el inversor posee varias unidades de condominio separadas, que se mantienen, renuevan y alquilan de vez en cuando, con empleados y oficina que las administran, en ese caso, podría considerarse una “empresa activa””, puntualiza Padilla.

Por otra parte, la visa E-1 corresponde a los comerciantes que cuentan con un flujo de negocios con Estados Unidos durante los últimos 2 años, siendo que más del 50% de su negocio es la venta de servicios o productos a empresas en el país; y dicho flujo es significativo, lo cual representa más de 200 mil dólares por año.

En cuanto a las categorías L-1A y L-1B, se encuentran relacionadas al extranjero que es ejecutivo o gerente de una empresa en su país, y dicha organización ya tiene una subsidiaria o afiliada en Estados Unidos, con alrededor de 15-20 empleados -varios de ellos siendo profesionales y/o ejecutivos-. También, están vinculadas a los planes futuros de la empresa extranjera, como por ejemplo, tener una estructura importante en un corto plazo -no más de 1 año-.

Por otro lado, Padilla aclara que a quienes sean empleados con título universitario y obtengan una oferta de trabajo en una empresa en los Estados Unidos, les corresponderá la categoría H-1B. Sin embargo, el especialista asegura que dicha categoría “está muy limitada y únicamente el 40% de los que aplican pueden obtenerla debido a las cuotas existentes; y que las posibilidades son mejores para una persona con título universitario avanzado, otorgado por una universidad norteamericana”.

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Por su parte, la visa O-1 fue diseñada para personas que han obtenido notable éxito en su carrera, y según aclara el abogado, pueden demostrar que están dentro del 5% de profesionales más destacados en su área. Esto se puede lograr a través de premios a nivel internacional, publicaciones reconocidas de los logros o manifestando evidencia de una remuneración alta en comparación con otros profesionales del sector. “No es suficiente con ser un actor o cantante conocido. Debe ser el mejor con evidencia que lo demuestre”, asevera el especialista.

En cuanto a la visa J-1, tiene relación con las personas que viajarán a Estados Unidos para recibir entrenamiento, pero que no trabajarán en un empleo productivo. En cuanto a la categoría P-1 guarda vínculo con aquellos atletas -y grupos de entretenimiento- que han logrado reconocimiento internacional en su campo o se desarrollan como atletas profesionales.

Resulta importante destacar que las categorías mencionadas anteriormente son visas temporales que permiten al extranjero vivir y trabajar en los Estados Unidos por un tiempo limitado.

“Normalmente, los clientes eligen dichas visas temporales porque pueden venir a los Estados Unidos en un corto plazo. Casi todas las categorías de residencia tienen una espera importante -entre 1 y 5 años, dependiendo de la categoría- antes que el cliente pueda obtener algún estatus migratorio”, explica Padilla

Cuáles son las categorías de residencia permanente

Existen 5 categorías de residencia permanente que otorga la ley estadounidense, conocida popularmente como “Green Card”: EB-1, EB-2, EB-3, EB-4 y E-5. La primera es indicada para extranjeros que se desempeñan como ejecutivos o gerentes de una empresa en su país de origen y al mismo tiempo están siendo transferidos a Estados Unidos para desarrollarse como gerente de la empresa. Además, la firma radicada en Estados Unidos debe contar con entre 10 y 15 empleados, varios de ellos profesionales y/o ejecutivos.

No obstante, la visa EB-1 también es otorgada a los artistas o profesionales que se destacan en su profesión de tal manera que muestren ser uno de los mejores en su área en su país. Esto se logra presentando premios internacionales, publicaciones reconocidas de sus logros en la profesión o mostrando evidencia de una remuneración alta.

Santiago Padilla es miembro del
Santiago Padilla es miembro del Florida Bar, el colegio de abogados de Florida, y su formación académica incluye un título universitario en Corporate Finance (finanzas corporativas) otorgado por The University of Toledo, en Ohio, y un doctorado en Jurisprudencia del Ohio State University (Crédito: prensa Santiago Padilla)

En cuanto a las categorías EB-2 y EB-3, tienen vínculo con las personas que pueden alcanzar una oferta de trabajo por parte de una empresa situada en Estados Unidos y dicha organización demuestra -a través de un periodo de reclutamiento- que no hay trabajadores en el país que puedan realizar dicha labor. En particular, la residencia EB-2 se otorga a personas con títulos universitarios avanzados y la residencia EB-3 a personas con títulos universitarios u otros profesionales. Según subraya el especialista, este trámite normalmente toma un lapso de 18 meses o más.

“La categoría EB-2 también incluye personas que se han destacado en su país de origen como aquellos con habilidades excepcionales y sus trabajos o profesiones son de un interés nacional para los Estados Unidos. Por ejemplo, un científico que ha escrito libros sobre un avance médico o científico y está reconocido como experto en el tema en su país”, añade Padilla.

Por otra parte, la categoría EB-4 está diseñada específicamente para casos especiales, como trabajadores religiosos, jóvenes que necesitan la protección de la corte, empleados del gobierno de Estados Unidos y otras categorías específicas.

Finalmente, la residencia EB-5 es concedida a personas que puedan invertir por lo menos 900 mil dólares en un proyecto importante en el que se va a contratar un mínimo de 10 empleados o inviertan 1.8 millones de dólares en un proyecto privado de su propia empresa. En ese sentido, el experto asegura que este trámite puede tardar hasta 5 años. Por esta razón, el abogado reconoce que es algo complicado y recomienda considerar tramitar la visa E-2, y con la misma inversión, aplicar como inversionista de creación de empleo EB-5 con el fin de obtener la residencia permanente.

Encontrar, gestionar y alcanzar la visa indicada para cada caso puede darse de forma más sencilla si la persona cuenta con el asesoramiento legal indicado. Asimismo, elegir el tipo de residencia que se quiera tramitar según la actividad que se va a desempeñar en el país, resulta fundamental para generar un trámite eficaz.

Quienes deseen conocer más información sobre visas y comunicarse con Santiago Padilla, pueden llamar al siguiente número +1-305-824-2400 o enviar un mail a sjp@padilllaoffice.com o info@pdaillalawoffice.com.

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