
El Congreso de la República de Guatemala avanzó en su primer debate sobre la Ley de Encomiendas (Iniciativa 6603), que busca regular el envío de mercancías del exterior para uso personal y familiar, estableciendo procedimientos aduaneros simplificados y eliminando la discrecionalidad de los funcionarios en las aduanas. La propuesta, presentada el 26 de agosto de 2025, representa un paso relevante para las familias guatemaltecas que dependen de los envíos realizados por migrantes desde el extranjero.
La iniciativa, impulsada por los diputados César Roberto Dávila Córdova, Lucrecia Carola Samayoa Reyes, Héctor Adolfo Aldana Reyes, Luis Alberto Rodríguez Reyes, Byron Bladimiro Rodríguez Palacios y Carlos Roberto Calderón Galvez, reconoce el impacto económico de las remesas y encomiendas en la economía nacional. El documento resalta que las encomiendas del migrante guatemalteco constituyen un apoyo esencial para miles de hogares, facilitando el acceso a bienes de primera necesidad y artículos personales.
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El texto legal delimita que la Ley de Encomiendas será aplicable únicamente a la importación definitiva de envíos realizados por migrantes a través de las aduanas de ingreso, sin extenderse a importaciones comerciales. En este marco, la definición de encomienda del migrante comprende un conjunto de mercancías remitidas por guatemaltecos radicados en el exterior para uso o consumo de sus familiares residentes en Guatemala, tales como alimentos, medicamentos, prendas de vestir, artículos de higiene, juguetes, equipos deportivos, dispositivos electrónicos y material educativo.

La normativa establece condiciones precisas para impedir el uso comercial de estas encomiendas. Según el articulado, la exoneración de tributos y cargas aplicará solo cuando no se detecte un carácter comercial en los envíos. El beneficio está restringido a las mercancías destinadas a cubrir las necesidades básicas de los familiares en Guatemala, y la autoridad aduanera tiene la potestad de retener y valorar los envíos en caso de sospechar fines de comercialización.
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La propuesta fija que se elimina la discrecionalidad de los funcionarios aduaneros mediante procedimientos específicos. No será necesaria la presentación del valor aduanero de las mercancías en los envíos personales y se exigirá incluir el listado de beneficiarios (familiares del migrante) en cada declaración. El control aduanero inmediato verificará únicamente la ausencia de un propósito comercial, y la autoridad podrá optar por la verificación documental para agilizar el proceso.
En relación con el contexto económico y las restricciones de Estados Unidos de América, la normativa contempla la exoneración total de impuestos para encomiendas enviadas desde ese país, siempre que el envío sea realizado por empresas legalmente inscritas en Guatemala y Estados Unidos, que se dedican a la recolección y distribución de envíos familiares. Para la liquidación aduanera, se fija un valor estimado de USD 100 por encomienda remitida a cada familiar, con el objetivo de facilitar la declaración y el despacho de las mercancías.
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El proyecto también incorpora disposiciones para el menaje de casa de migrantes deportados o retornados, otorgando exoneración de impuestos siempre que los bienes estén destinados a uso doméstico y cumplan los requisitos fijados por el Instituto Guatemalteco de Migración.

La propuesta fue enviada a la Comisión de Relaciones Exteriores para su estudio y dictamen, antes de continuar su trámite legislativo.
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