“Me sentí como un imbécil cuando hablé con ellos”. El autor de esta frase es Kevin, un chico con discapacidad natural de Toulouse, que le ha ganado la batalla judicial a Air France por un caso que bien podría considerarse de discriminación. El joven de 32 años, que padece la enfermedad de Little, (un tipo de parálisis cerebral infantil, caracterizada por paraplejia espástica) emprendió acciones legales contra la compañía francesa el año pasado. La causa: dificultades importantes relacionadas con su patología durante el viaje.
Los hechos se remontan a julio de 2023. “Quería ir a Montreal. Pasé meses poniéndome en contacto con Air France para organizar el viaje, pero todo era siempre complicado”, cuenta el afectado al medio francés La Dépêche. La aerolínea le obligaba a ir acompañado y a pagar un recargo por ese billete extra.
Incumplimiento de su obligación de informar
El tribunal de Bobigny, en una sentencia que se dictó el 29 de agosto, condenó a la aerolínea a pagarle 2.000 euros por daños morales y 3.000 euros por costes judiciales. Acorde a los magistrados, la compañía no había infringido el reglamento europeo ni las condiciones generales del contrato, pero sí había incumplido su obligación de información.
Sin embargo, si echamos un vistazo a lo que dice la empresa francesa en su portal web sobre los pasajeros en situación de discapacidad, vemos que menciona que por su seguridad Air France “podría exigir un acompañante”, cuya función principal es “asistirles en caso de emergencia y, en particular, si fuese necesario evacuar el avión”. Asimismo, recalca que su presencia será obligatoria en los siguientes casos:
- Para acompañar a una persona en situación de discapacidad intelectual que no le permite entender y aplicar las medidas de seguridad.
- Para acompañar a una persona ciega y sorda y facilitar la comunicación con la tripulación.
- Para acompañar a una persona con una discapacidad motriz que no le permita evacuar el avión de forma autónoma.
En ningún momento se menciona que hubiera que pagar el billete por ese acompañante.
Qué dice el reglamento europeo
El reglamento europeo, por su parte, indica que si se tiene una discapacidad o movilidad reducida, se tiene derecho a viajar en avión, tren, autobús, autocar o barco “como cualquier otra persona”. Asimismo, recalca que al comprar el billete el proveedor debe facilitar información sobre el viaje “en un formato accesible”. “Además de toda la información pertinente sobre las instalaciones específicas a bordo de que dispone el avión, tren, autobús, autocar o barco”, añade. Se especifica claramente que en “en todos los medios de transporte” se tiene el derecho a “asistencia gratuita en las estaciones y terminales y a bordo de los vehículos”.
Una batalla para hacer la vida más fácil a todo el mundo
El tribunal concluyó que “todos estos inconvenientes, estrictamente ligados a su discapacidad” impidieron que el joven pudiera organizar su viaje “con pleno conocimiento de causa, le obligaron a cancelarlo, le disuadieron en definitiva de viajar y le causaron un perjuicio moral”.
A pesar de ello, Kévine Fermine se queda con una sensación agridulce, ya que, en la decisión judicial, no aparece en ningún momento el término ‘discriminación’, aunque los hechos sean discriminatorios. Aun así, se muestra agradecido. “Llevo meses librando esta batalla para hacer la vida más fácil a todo el mundo. A veces puede parecer que exagero, pero he ganado mi caso con esta sentencia”, asegura.