A pesar de que se intentó convencerle de que desistiera “por el bien del fútbol”, Miguel Galán no ha cejado en su empeño y finalmente ha decidido impugnar las elecciones a la presidencia de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF). Infobae España, después de que el presidente de CENAFE y principal opositor al actual ente federativo le asegurase que “en principio” se mantenía firme, ha podido confirmar que el documento para tratar de tumbar los comicios que van a convocarse ya es un hecho.
Hace un par de días, Galán trabajaba sobre un borrador al que ahora ha terminado de dar forma, tal y como ha podido comprobar este periódico. El documento ha sido presentado unos minutos antes de las 22:00 horas de este miércoles y sus fundamentos están muy claros. “Yo voy a impugnar la baja de condición de asambleístas de Luis Enrique, Jorge Vilda y compañía y que con esta Asamblea no hay voto femenino”, nos confesaba. Dicho y hecho, porque estos dos puntos son los que sustentan su argumentación en pos de detener la cita con las urnas de la RFEF.
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Hay hasta 39 asambleístas, de un total de 142, que teóricamente deberían ser renovados, al haber caducado sus cargos. Entre ellos, hay ocho jugadores profesionales, que no podrían votar al haberse quedado sin licencia: Alejandro Blanco (de la Reggiana de la Segunda italiana); Alberto Cifuentes (retirado y actual primer entrenador del Cádiz B en Primera RFEF); Adrián González (hijo de Míchel y segundo entrenador en el Al-Adsiadh de la primera liga saudí); Javier López (del Adelaide United de la Primera australiana); José Manuel Marrero (retirado y sin equipo); Alberto Noguera (del Mumbay City de la Primera india); Laureano Sanabria (retirado y sin equipo) y Néstor Susaeta (retirado y sin equipo).
La cifra asciende a 12 en cuanto a jugadores no profesionales. Se trata de Andrea Romero (portera del Granada CF que ahora es profesional) y, sin licencia en todos los casos que siguen, Francisco Javier Fernández (retirado), Bartomeu Riutord (retirado), Vanessa Quintana (retirada), Gerard Puigoriol (retirado), María de los Ángeles García (retirada), Sergio Santos (sin equipo), Manuel Diego Tello (retirado), Emilio José Blanco (retirado), Iván García (retirado), Álvaro Campos (sin equipo) y Mohamed Chakir Kaiouch (sin equipo).
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En cuanto a los entrenadores profesionales que ya no tienen licencia, son Luis Enrique, que dirige al PSG, y Jesús Casas, seleccionador de Irak. Entre los no profesionales, están Mikel Azparren (sin equipo), Josep Barceló (sin equipo), Julen Guerrero (sin equipo), Pedro Muro (sin equipo) y Jorge Vilda, que ha pasado de estar al frente del combinado femenino español a comandar al marroquí.
Los árbitros no profesionales que no computarían ya como asambleístas son Víctor García Verdura (se hizo profesional), María Dolores Martínez Madrona (retirada) y Manuel Jesús Orellana Cid (se hizo profesional). También hay varios clubes no profesionales señalados: el CD Hispalis andaluz (ya no está en categoría nacional), el Santfeliuenc FC catalán (ya no está en categoría nacional), el UD Los Garres murciano (ya no está en categoría nacional), el Navarro CF asturiano (ya no está en categoría nacional), el CD Llamoro canario (ya no está en categoría nacional), la SD Amorebieta vasca (ahora está en Segunda, categoría nacional) y el Crevillente Deportivo de la Comunidad Valenciana (ya no está en categoría nacional).
Por último, el futbolista José Miguel Ruiz y el entrenador José Lucas Mena Pato, pertenecientes al fútbol sala, se habrían quedado igualmente sin licencia. “No tiene ningún sentido celebrar unas elecciones a la presidencia donde el 40% de la misma no puede asistir porque son entrenadores que están entrenando en otro país o futbolistas que han dejado el fútbol o árbitros que ya no pertenecen al Comité de Árbitros. Esto dificulta la obtención de avales para presentarse a la presidencia y además es impugnable ante el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), por lo que retrasaría aún más las elecciones. No vuelvan a cometer el mismo error de convocar unas elecciones sin antes cumplir con otras”, avisaba Galán hace unos días, en un mensaje al que tuvo acceso este periódico y que llegó, vía carta, a la Federación y al Consejo Superior de Deportes (CSD).
Menos representación femenina de la debida
Por otro lado, Galán ha sido muy crítico con la cuota femenina, imposible de cumplir en la presente Asamblea de la RFEF. Esta cuenta con apenas seis mujeres (Andrea Romero, Vanessa Quintana, María de los Ángeles García, Aintzane Gamboa, María Dolores Martínez Madrona y Patricia González) y cuatro de ellas están entre los asambleístas que han perdido su condición. La Orden EFD/42/2024, de 25 de enero, por la que se regulan los procesos electorales en las federaciones deportivas españolas, es clara: habla de un 10% de mujeres si el número de licencias femeninas es inferior al 10% del total de licencias vigentes, de un 25% si el número de licencias femeninas es igual o superior al 10% e inferior al 25% del total y de al menos un 40% si el número de licencias femeninas es igual o superior al 25% del total.
Así pues, la RFEF no cumpliría el nuevo reglamento. De ahí el paso adelante de Galán, al que únicamente le queda esperar el veredicto del TAD. La nueva Orden ministerial expone en su artículo 24: “El órgano federativo, comisión gestora o junta electoral ante el que se hubiere presentado el recurso deberá dar traslado del mismo, en el siguiente día hábil a su recepción, a todos aquellos cuyos derechos o intereses legítimos pudieran resultar afectados por su eventual estimación, concediéndoles un plazo de dos días hábiles para que formulen las alegaciones que consideren procedentes. Una vez cumplimentado el trámite de audiencia previsto en el apartado anterior, y en el plazo máximo de otros dos días hábiles, el órgano ante el que se hubiera presentado el recurso lo elevará al Tribunal Administrativo del Deporte, junto con el expediente original, las alegaciones presentadas por los interesados y su propio informe”.
En el artículo 25, se añade, en el primer apartado: “El Tribunal Administrativo del Deporte dictará resolución en el plazo de siete días hábiles a partir del siguiente a la fecha de recepción de la documentación completa a que se hace referencia en el artículo anterior”. Por lo tanto, quedarían prácticamente dos semanas para salir de dudas con la celebración o no de la cita electoral de la RFEF, prevista, si no se suspende y hay dos o más candidatos, para el próximo 6 de mayo.
Todo esto está recogido, tal y como ha podido atestiguar Infobae España, en el recurso de impugnación. Este señala primero qué debería pasar a partir de este momento, a nivel de competencia, alegaciones y resolución. Después, profundiza en la polémica de los asambleístas, destacando que el TAD avala en especial la pérdida de esta condición por parte de Luis Enrique y Vilda y denunciando la no resolución de un recurso previo de Galán relativo a esta materia. Además, pone de relieve que el voto femenino queda “fuera de juego” y sentencia que “el acuerdo ahora impugnado es una resolución de imposible cumplimiento”.