“LaLiga facilitará a los operadores las direcciones IP que transmitan el contenido ilegal”

Tras el comunicado emitido el lunes por el Consejo General del Poder Judicial, el presidente de la entidad, Javier Tebas, se pronunció en su cuenta de X (antes Twitter)

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El presidente de LaLiga, Javier Tebas (Carlos Luján/Europa Press)
El presidente de LaLiga, Javier Tebas (Carlos Luján/Europa Press)

Hace días que estalló la polémica en toda la esfera futbolística con el anuncio de la batalla legal que inició LaLiga contra la piratería. El lunes, el Juzgado de lo Mercantil nº 8 de Barcelona emitió un comunicado con el que daba luz verde a una persecución real contra los métodos ilegales para seguir el fútbol español. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) se ha encargado de explicar el asunto: los señalados son los suministradores de las señales no oficiales.

“El Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Barcelona ha admitido la diligencia preliminar solicitada por LaLiga de Fútbol Profesional y requiere a las teleoperadoras para que faciliten los datos personales de quienes comparten ilícitamente sus contenidos, es decir, únicamente de los cardsharers que redifunden a terceros la señal y obtienen un lucro con ello y no, por tanto, de los que únicamente defraudan la cuota”, arranca la exposición.

El presidente de LaLiga, Javier Tebas, comentó en sus redes sociales que la entidad que preside facilitará a los operadores las direcciones IP que transmitan el contenido ilegal: “Ante la nota del Departamento de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compartimos la parte dispositiva del Auto que deja claro que @LaLiga facilitará a los operadores las direcciones IP que transmiten contenido ilegal, sin importar ubicación y estas comunicarán a @LaLiga los usuarios que acceden a estas IP”.

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El comunicado del Poder Judicial explicó que “LaLiga presentó una petición de diligencia preliminar al juzgado para la persecución de un tipo concreto de piratería: el cardsharing. Así, solicitó al juzgado que requiriese a una serie de teleoperadoras que facilitarán datos de identificación de determinadas personas asociadas a IPS obtenidas legítimamente por LaLiga”.

¿Qué es el ‘cardsharing’ a por el que va LaLiga?

“El cardsharing es una práctica por la cual usuarios legítimos redifunden la señal a determinadas redes pirata en las que todos los partícipes, incluidos quienes únicamente defraudan la cuota, utilizan decodificadores. La descripción de esta práctica permite concluir que se están realizando actos de puesta a disposición o difusión de forma directa o indirecta de contenidos, obras o prestaciones objeto de los derechos audiovisuales. Estos actos, que son la base para acordar la diligencia preliminar solicitada, sólo pueden ser realizados por los cardsharers que redifunden la señal y se lucran con ello, y no por los meros usuarios finales”.

El presidente de LaLiga declaró en Movistar Plus+ con el objetivo de aclarar la situación: “No, no es una multa, pero va a ser una reclamación de daños y perjuicios. En conclusión, los operadores de telecomunicaciones estarán obligados a darnos qué clientes suyos se contactan a esas direcciones IP y nosotros reclamaremos y requeriremos a estos clientes que no continúen haciéndolo, porque si no se les reclamarán daños y perjuicios por medio de los tribunales”.

¿Cuál será el camino a seguir?

Los operadores obligados a facilitar información son Vodafone, Orange, MásMóvil, Digi y Telefónica. En el auto dictado por el magistrado Javier Ramos de la Peña, se requiere:

  1. El envío a los Operadores de acceso a Internet identificados al final de esta resolución de los Documentos técnicos adjuntos con la petición de LaLiga: Informe Técnico, Fichero con Cuadro de identificación de Servidores (información de direcciones IP u puertos), Pruebas de contenidos audiovisuales protegidos a los que se accede de forma ilícita, Guía de información que se solicita.
  2. Se acuerde la entrega por parte de los Operadores de acceso a Internet requeridos de Fichero que contenga la siguiente información:
    1. Dirección IP asignada al usuario cuando accedió al Servidor que le facilitó el compartir el contenido audiovisual de forma ilícita
    2. Nombre y apellidos del titular del contrato del Servicio de acceso a Internet
    3. Dirección postal de la instalación de la línea y de facturación
    4. Documento identificativo [NIF, NIE, otros], respecto de la información de la Dirección IP del servidor al que ha conectado, Puerto del servidor al que ha conectado y Hora de la solicitud (horario GMT+0)
  3. La ejecución de la entrega del Fichero indicado en el punto 2 se realizará directamente por los Operadores a LaLiga mediante envío por canal seguro electrónico sin necesidad de comparecencia presencial en sede judicial.
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