La Justicia aclara la lucha antipirateo de LaLiga: sólo demandará por robar las señales

El Consejo General del Poder Judicial ha emitido este lunes un comunicado en el que clarifica el auto que tanto revuelo ha generado: están en el punto de mira quienes se lucran difundiendo ilegalmente el contenido de la competición

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Javier Tebas en una imagen de archivo (Carlos Luján - Europa Press)
Javier Tebas en una imagen de archivo (Carlos Luján - Europa Press)

En los últimos días, se ha hablado largo y tendido sobre la batalla de LaLiga contra la piratería. Ha sido así después de que trascendiera un auto emitido por el Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Barcelona que da luz verde a una persecución real contra los métodos ilegales para seguir la competición. La duda era razonable: ¿se verían afectados los promotores de ese pirateo, los beneficiarios del mismo o ambos?

Ha tenido que generarse un revuelo considerable hasta que ha llegado una aclaración en condiciones para las actuaciones que van a llevarse a cabo a partir de ahora. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) se ha encargado de explicar el asunto con una contundencia que no se había visto, pero que no por ello dejaba de urgir, este lunes. La principal conclusión de la nota que se ha hecho pública es que los señalados son, como ha ocurrido hasta la fecha, los suministradores de las señales no oficiales.

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“El Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Barcelona ha admitido la diligencia preliminar solicitada por LaLiga de Fútbol Profesional y requiere a las teleoperadoras para que faciliten los datos personales de quienes comparten ilícitamente sus contenidos, es decir, únicamente de los cardsharers que redifunden a terceros la señal y obtienen un lucro con ello y no, por tanto, de los que únicamente defraudan la cuota”, arranca la exposición.

Fachada de la Sede del CGPJ (Carlos Luján - Europa Press)
Fachada de la Sede del CGPJ (Carlos Luján - Europa Press)

El Poder Judicial apunta que “LaLiga presentó una petición de diligencia preliminar al juzgado para la persecución de un tipo concreto de piratería: el cardsharing”. “Así, solicitó al juzgado que requiriese a una serie de teleoperadoras que facilitaran datos de identificación de determinadas personas asociadas a IPS obtenidas legítimamente por LaLiga”, se añade. En pos de que deje de haber confusión, el CGPJ interviene para dar sentido, definitivamente, a las actuaciones que pasen a emprenderse.

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¿Qué es el ‘cardsharing’ a por el que va LaLiga?

“El cardsharing es una práctica por la cual usuarios legítimos redifunden la señal a determinadas redes pirata en las que todos los partícipes, incluidos quienes únicamente defraudan la cuota, utilizan decodificadores. La descripción de esta práctica permite concluir que se están realizando actos de puesta a disposición o difusión de forma directa o indirecta de contenidos, obras o prestaciones objeto de los derechos audiovisuales. Estos actos, que son la base para acordar la diligencia preliminar solicitada, sólo pueden ser realizados por los cardsharers que redifunden la señal y se lucran con ello, y no por los meros usuarios finales”. Ahondar en este concepto no da lugar a equívoco.

Y si aún lo hubiera, queda disipado en el final del comunicado del CGPJ. “Así pues, la parte dispositiva del auto dictado por el magistrado del Juzgado Mercantil 8 de Barcelona únicamente requiere a las teleoperadoras para que faciliten los datos personales de quienes comparten ilícitamente sus contenidos. Es decir, únicamente de los cardsharers que redifunden a terceros la señal y obtienen un lucro con ello. Y no, por tanto, de los que únicamente defraudan la cuota. Las eventuales futuras demandas que derivasen de estas diligencias preliminares sólo podrían ir dirigidas contra los cardsharers que redifunden señal para obtener un lucro”, queda sentenciado.

Al ser cuestionado sobre el problema, el presidente de LaLiga, Javier Tebas, aun suavizándolo un tanto, no había acabado de descifrar el embrollo. “No, no es una multa, pero va a ser una reclamación de daños y perjuicios. En conclusión, los operadores de telecomunicaciones estarán obligados a darnos qué clientes suyos se contactan a esas direcciones IP y nosotros reclamaremos y requeriremos a estos clientes que no continúen haciéndolo, porque si no se les reclamarán daños y perjuicios por medio de los tribunales”, declaró en Movistar Plus+.

Vista general del Bernabéu antes de un partido (REUTERS/Isabel Infantes)
Vista general del Bernabéu antes de un partido (REUTERS/Isabel Infantes)

La preocupación, incluso entre los expertos legales, era real. “Es una vulneración muy importante de las libertades y la propiedad de los datos de cada usuario”, alertaba el abogado Gonzalo Jiménez Illana a Infobae España. Para que los malentendidos cesen, ya se han puesto los puntos sobre las íes: lo que se castigará será difundir ilegalmente, y no consumirlo, el contenido.

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