Madrid, 14 abr (EFE).- La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto a una mujer sorda acusada de estafar a otra con su misma discapacidad al no ver acreditado un "engaño" para quedarse con los bienes y la vivienda de la que era su amiga.
La sentencia, contra la que cabe recurso y a la que ha tenido acceso EFE, considera que no se puede condenar a Amalia de la F. N. por un delito de estafa continuada, como pedían la Fiscalía y la acusación particular, ante la "ausencia de acreditación de la existencia de un engaño" para obtener en donación la casa de la denunciante, Caridad P.B, de 72 años.
Los magistrados no consideran probado el relato de la Fiscalía, que pedía 7 años de cárcel contra la acusada al considerar que ésta entabló en 2018 una fingida amistad para quedarse con los bienes de Caridad, engañándola primero para que adquiriese inyecciones milagrosas para sus dolores de cabeza, y logrando después que le donase su casa hablándole de un préstamo temporal.
La sentencia considera probado que ambas trabaron amistad en la Asociación de Sordos de Madrid y que la denunciante, Caridad, padece una discapacidad del 67% y trastorno de la afectividad por trastorno depresivo recurrente, pero no ve acreditado que la acusada aprovechase su "vulnerabilidad" para quedarse con su vivienda.
El tribunal sostiene que tampoco existen elementos probatorios que indiquen que la acusada habría obtenido cantidades en efectivo por parte de la denunciante, también mediante engaño.
Durante el juicio, con intérprete de signos, la acusada sostuvo que la septuagenaria le donó su piso voluntariamente en agradecimiento a su ayuda en peluquería y estética,. En cambio, la denunciante y su hermana gemela, ambas funcionarias, apuntaron que solo le habían prestado el inmueble y que desconocían el significado de la palabra donación.
El tribunal considera que las declaraciones de las hermanas gemelas no han quedado corroboradas por el resto de pruebas practicadas e "incluso han sido desvirtuadas" en extremos como la donación del piso por los vídeos aportados por la defensa.
En los cuatro vídeos exhibidos durante el juicio la denunciante y su hermana se refieren a darle la casa a la acusada e incluso hacen alusión a un "regalo", incluida la última grabación, en la que la hermana gemela expresa que ha cambiado de opinión y que no quiere regalarle la casa a la acusada, sino a otro amigo.
Según la sentencia, estos vídeos desvirtúan las manifestaciones sobre que las hermanas ignoraban que se iba a llevar a cabo una donación y de ellos se deduce que "la voluntad inicial de Caridad fue la de donar su casa a la acusada, en agradecimiento por su ayuda, lo que era compartido por su hermana" y que ambas tenían "perfecto conocimiento del contenido y el alcance de la escritura de donación".
El tribunal ha decretado la libre absolución de la acusada, al tiempo que ha negado la petición de condenar en costas a la denunciante, al no ver temeridad o mala fe en su actuación. EFE
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