
La teniente fiscal del Tribunal Supremo, Ángeles Sánchez Conde, ha pedido al magistrado Ángel Hurtado que ordene analizar si el correo electrónico que el abogado de Alberto González Amador --pareja de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso-- envió a la Abogacía del Estado el 2 de febrero de 2024 es igual al que tuvo acceso ese mismo día el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, y contiene la información que acabó publicada en la prensa.
En un escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, Sánchez Conde explica que el 'email' enviado a la Abogacía del Estado posee una "indudable trascendencia" porque probaría que no solo la Fiscalía tuvo acceso a un correo electrónico en el que el abogado del novio de Díaz Ayuso se ofrecía a reconocer dos delitos fiscales a cambio de llegar a un acuerdo.
Cabe recordar que en esta causa, el magistrado Ángel Hurtado investiga, entre otras cosas, si García Ortiz o la fiscal provincial jefe de Madrid, Pilar Rodríguez, filtraron el 'email' que el abogado de González Amador envió el mencionado 2 de febrero al fiscal de delitos económicos que le investigaba, Julián Salto, por presuntos delitos fiscales.
Ahora, la teniente fiscal afea a la pareja de Díaz Ayuso que no ha señalado ni en su querella ni en los "sucesivos escritos" que ha presentado en el procedimiento que envió "un correo similar, o idéntico, al enviado a la Fiscalía que había sido remitido el mismo día 2 de febrero de 2024 a la Abogacía del Estado".
Para la 'número dos' del Ministerio Público, esto "debería ser objeto de explicación", dado que "el número de destinatarios del referido correo y la identidad de los mismos no se acomoda a lo imputado en las actuaciones".
Al hilo, incide en que es necesario "analizar las divergencias existentes" entre el correo remitido a la Fiscalía, el enviado a la Abogacía del Estado y "el documento que apareció publicado en diversos medios de comunicación en las primeras horas del día 14 de marzo de 2024".
Así, coincide con la defensa de Rodríguez en que es pertinente que el magistrado encargue un "dictamen pericial informático" para analizar si el correo electrónico enviado a la Abogacía del Estado contenía "la misma información" que el remitido "ese mismo días, 10 minutos antes" al fiscal Salto.
CONSIDERA QUE NO HAY PRUEBAS CONTRA LOS INVESTIGADOS
En el marco del escrito, Sánchez Conde se adhiere a los recursos de apelación que presentaron el fiscal general y la fiscal jefa provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, contra la decisión del magistrado de confirmar el auto por el que les citó como investigados.
La teniente fiscal coincide con las defensas en que "no se ha obtenido, a pesar de la exhaustiva investigación, ninguna prueba que permita atribuir a ninguno de los investigados el delito de revelación de secretos".
Por el contrario, sostiene que "sí se han obtenido pruebas" relativas a que el documento reservado presuntamente divulgado por los investigados estaba "en poder de diversos medios de comunicación con anterioridad a que dichos investigados tuvieran conocimiento del mismo". Para la Fiscalía se trata de un asunto de "indudable relevancia que minimiza el hipotético éxito de las diligencias aún pendientes de cumplimentar".
Últimas Noticias
Desierto el concurso para elegir al director del Festival de Jazz de San Sebastián
Familiar del doble crimen de Almonte señala "el problema estructural del jurado" tras el juicio de El Torrejón
La familia de las víctimas denuncia la falta de rigor en las decisiones tomadas por ciudadanos sin preparación legal, advierte sobre graves fallos en la administración de justicia y señala el impacto irreversible que estos errores generan en casos sensibles

Pedro Sánchez pasa unos días de vacaciones en Doñana
Imponen penas de prisión y multas a los 11 acusados por una agresión homófoba en Basauri
Condenados a dos años de cárcel 10 acusados y otro a un año por agresión homófoba "en manada" a un joven de Basauri
Once personas recibieron sentencias de prisión y sanciones económicas por atacar a un joven en Basauri debido a su orientación sexual, según estableció la Audiencia de Bizkaia tras considerar probado un delito de odio con motivación discriminatoria


