Madrid, 12 mar (EFE).- La Audiencia Nacional ya ha comenzado a aplicar la ley que acabó con el doble cómputo de condenas cumplidas en el extranjero, que entró en vigor en noviembre, y de la que se han beneficiado, por el momento, al menos dos reclusos: el grapo Manuel Pérez Martínez, "camarada Arenas", y el preso de ETA Balbino Saenz Olarra.
La ley sobre intercambio de información de antecedentes penales, que transpuso una directiva europea, entró en vigor el 8 de noviembre tras un fuerte enfrentamiento entre Gobierno y oposición a cuenta de una enmienda que, tras salir adelante por unanimidad en el Congreso, generó una gran controversia tras alertar la Asociación de Víctimas del Terrorismo que supondría la excarcelación de muchos etarras.
Esa enmienda suprimía una disposición adicional de una ley europea de 2014 que impedía hasta el momento que condenados pudieran descontarse las penas que habían cumplido en Francia.
La entrada en vigor de la ley supuso que las defensas de muchos condenados acudiesen -incluso ese mismo día- a la Audiencia Nacional en busca de una nueva liquidación de condena, que contabilizase el castigo cumplido en Francia, y acercase su salida de prisión.
Y eso es lo que ha ocurrido ya, por el momento, con dos presos. El primero fue el histórico dirigente de los Grapo conocido como 'camarada Arenas', con largas condenas a sus espaldas acumuladas en un máximo de 25 años.
En un auto del pasado 5 de marzo, al que ha tenido acceso EFE, la sección cuarta de lo Penal acuerda acumular el castigo que le fue impuesto en Francia por un delito de asociación criminal con fines terroristas, pero teniendo en cuenta el período en prisión que cumplió efectivamente (desde el 13 de noviembre de 2000 hasta el 30 de octubre de 2006 que fue entregado a España), y no los ocho años a los que fue condenado en el país galo.
Los magistrados, que siguen el criterio de la Fiscalía, explican en su resolución que el efecto práctico de la ley es que "el tiempo límite de cumplimiento" se computa ahora integrando el período en prisión "cumplido efectivamente", con independencia de que dicho ingreso se haya realizado en España o en un estado comunitario.
Dos días después, el 7 de marzo, otro tribunal -la sección primera de lo Penal- dictó un auto similar respecto al preso de ETA Balbino Saenz, que estaba en tercer grado y ya no tendrá que volver a la prisión donostiarra de Martutene, según informaron los colectivos de apoyo a los reclusos de ETA Sare y Etxerat.
Con un límite máximo de 20 años de cárcel tras varias condenas por terrorismo a sus espaldas, Balbino Saenz solicitó acumular la pena de 10 años que le fue impuesta en 2006 en Francia.
En el mismo sentido que la resolución del 'camarada Arenas' y en atención a la tesis de la Fiscalía, la Audiencia Nacional ha accedido a descontarle, no esta condena francesa de 10 años, sino el tiempo que efectivamente estuvo encarcelado en el país vecino: 7 años y medio.
Su petición y la de Pérez Martínez para acumular sus condenas son solo dos de las muchas que tiene la Audiencia Nacional encima de la mesa y que irá resolviendo poco a poco
Sare calcula que 52 etarras podrán beneficiarse de la reforma legal. EFE