Almería, 21 feb (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha absuelto a un hombre condenado en primera instancia por violar en Roquetas de Mar (Almería) a una mujer tras golpearla con una estaca, aunque mantiene la pena por las lesiones que le provocó en la cabeza, al tener dudas sobre si las relaciones se produjeron antes o después de la agresión.
El alto tribunal andaluz estima el recurso de apelación interpuesto contra el fallo de la Audiencia de Almería, que el año pasado consideró probado que sobre las 09:00 horas del 23 de mayo de 2022, cuando acusado y víctima se encontraban en una vivienda, el procesado golpeó en la cabeza a la mujer con una estaca de madera.
La Audiencia apuntó que la mujer quedó en estado semiinconsciente y añadió que el procesado aprovechó este estado de indefensión para violarla mientras la sujetaba con fuerza por los brazos.
Sin contar otras penas accesorias como órdenes de alejamiento, el hombre fue condenado a cuatro años de prisión por un delito de lesiones, a 13 años de cárcel por un delito de agresión sexual, y al pago de indemnizaciones por un total de 113.170 euros.
Un relato que el TSJA no acepta, ya que ahora apunta que procesado y víctima acudieron juntos a una vivienda de Roquetas de Mar que se encontraba ocupada ilegalmente por otras dos personas, y a la que el acusado había acudido previamente en varias ocasiones.
El alto tribunal andaluz fija que ambos accedieron a una habitación y que, tras “mantener relaciones sexuales en circunstancias que no han quedado acreditadas, por motivos que de igual forma se ignoran”, el acusado agredió a la mujer en la cabeza con un palo de madera de 134 centímetros de longitud.
También subraya el TSJA que no se entiende qué “necesidad debiera haber tenido el acusado de sujetar con fuerza por los brazos a la víctima para penetrarla por vía vaginal, si partimos como dato fáctico que ésta, tras el golpe recibido con la estaca, se quedó totalmente indefensa hasta el punto de yacer semiinconsciente.”
Aunque mantiene el relato en lo que a lesiones y secuelas se refiere, el TSJA absuelve ahora al procesado del delito de agresión sexual, por lo que elimina la pena de 13 años de cárcel y los 90.000 euros de indemnización por daños morales, entre otros. EFE
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