Fedea ve efectos negativos en una indemnización "a la carta" por despido improcedente

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Madrid, 10 feb (EFE).- Fedea advierte de los efectos negativos que generaría una indemnización "a la carta" por despido improcedente en el trámite judicial, porque "saturaría la jurisdicción social" y "generaría inseguridad jurídica".

En unos 'Apuntes' publicados este lunes y elaborado por el investigador Jesús Lahera, Fedea avisa también de que dejar las indemnizaciones por despido improcedente en manos de los juzgados desincentivaría los pactos entre empresa y trabajador y tendría "efectos distorsionadores" en la contratación.

Asimismo, añade, "rompería los fundamentos del sistema específico laboral que libera de prueba del daño al trabajador a cambio de esta certidumbre de costes".

Fedea analiza en su documento la sentencia del Tribunal Supremo del 19 de Diciembre 2024 que, a su juicio, confirma que la indemnización por despido improcedente "tasada y topada" que recoge la legislación española se adecua a la normativa internacional y "cierra la puerta a que los jueces establezcan indemnizaciones adicionales".

En la citada sentencia, el Supremo rechazaba que una indemnización por despido improcedente, establecida en 33 días por año trabajado, pueda incrementarse en vía judicial "con otras cuantías" al no suponer una vulneración del convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en el que tan sólo se indica que la acuantía debe ser adecuada.

La sentencia también subrayaba que en este caso concreto de despido improcedente no se podía aplicar el artículo 24 de la Carta Social Europea (CSE) revisada, ya que no estaba en vigor.

Fedea considera que, aunque la sentencia alude al tratado 158 de la OIT "es previsible que se mantenga la misma jurisprudencia en relación con el artículo 24 de la CSE "son de redacción idéntica" e "igual de no aplicable directamente una que otra norma internacional, al remitirse ambas a la legislación nacional".

Considera que "legítimamente" se puede plantear una reforma de la indemnización del despido improcedente estableciendo un sistema de compensación "abierta a criterio judicial en cada caso de despido injustificado", como se ha hecho en Francia, Italia o Finlandia, aunque "no parece aconsejable".

"Una indemnización mínima dentro de la tasada podría ser una salida", apunta el documento, aunque advierte de que no es lo que recomienda el comité de ministros del Consejo de Europa", al tiempo que "podría crear un efecto contrario" afectando a la contratación indefinida. EFE