Murcia, 31 ene (EFE).- La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso presentado por un internauta contra la sentencia de enero de 2024 que lo condenó a indemnizar con 22.000 euros a la que fue Miss España en 1998, la murciana María José Besora, por la intromisión ilegítima en su honor y en el derecho a la imagen de su hija, menor de edad.
La sentencia del juzgado de Primera Instancia de Murcia que ahora se ve confirmada condenó también al demandado a borrar la imagen de la niña de la red social que utilizó, además de prohibirle que la cediera a cualquier otro medio.
La sentencia originaria declaró probado que el internauta insertó en la red social una composición fotográfica de madre e hija junto con la de un político murciano.
En su recurso, el demandado alegó que la sentencia vulneraba su derecho a la libertad de expresión, y añadió que la imagen de Besora y su hija correspondía a la revista del corazón a la que aquella había vendido sus derechos.
Además, expuso que no estaba probado que fuera él quien hizo la publicación pues cualquier persona puede hacerlo si no se cierra la sesión en un dispositivo, según argumentó.
La Audiencia Provincial señala que el derecho a la libertad de expresión no es ilimitado,y que la manipulación que se hizo de la fotografía para introducir la del político “dio lugar a diversos comentarios sobre la paternidad de la niña”.
La Sala, que considera proporcionada la cuantía de la indemnización, recalca que existieron las intromisiones ilegítimas recogidas en la sentencia originaria. EFE
dv/cc/lml