Tres Boixos Nois del Barcelona se enfrentan a 11 años de cárcel por la paliza a un Bukanero del Rayo en 2018

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La Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Barcelona celebra a partir del lunes el juicio a tres acusados de pegar presuntamente una paliza a un miembro de Bukaneros, los ultras del Rayo Vallecano, en 2018 en Sitges (Barcelona) con la intención, según el escrito de la Fiscalía de Odio y Discriminación, de matarlo.

Fuentes judiciales consultadas por Europa Press aseguran que dos de ellos estaban vinculados a los Boixos Nois, el grupo ultra del FC Barcelona integrado mayoritariamente por individuos de ideología de extrema derecha y neonazi, pero que "en la actualidad están desvinculados", mientras que el tercero nunca ha tenido relación con el hooliganismo, aunque participó en la agresión.

Los hechos por los que serán juzgados ocurrieron sobre las 22.30 horas del 10 de noviembre de 2018, cuando los tres acusados --junto a un menor de edad que ya ha sido condenado por un delito de lesiones--, "sin motivo aparente", derribaron de una patada a la víctima y le propinaron patadas y puñetazos en el cuerpo y en la cara.

Actuaron, según el documento consultado por Europa Press, movidos por la "animadversión a la ideología antagónica que atribuyeron a la víctima", que llevaba una camiseta del Rayo Vallecano con el logotipo de Bukaneros, grupo que se autodefine como antifascista.

Cabe destacar que una semana antes de esta agresión, el 3 de noviembre de 2018, Boixos Nois y Bukaneros se enfrentaron en los aledaños del estadio del Rayo, en Madrid, y las fuentes consultadas sostienen que entre ellos existía una "gran rivalidad" más allá del campo por su antagonismo ideológico.

La Fiscalía subraya que uno de los procesados llevaba tatuado en el pecho el número 1899 (año de fundación del FC Barcelona) y el primer escudo del club blaugrana en el pecho para tratar de probar su vínculo con los Boixos Nois.

DEFENSA EXTENSIBLE

El Ministerio Público sostiene que, en un momento dado, uno de los acusados golpeó a la víctima en la cabeza hasta en tres ocasiones con una defensa extensible metálica mientras los demás continuaban agrediéndola de forma simultánea, y que persistieron hasta que lograron romperle la camiseta.

A consecuencia de estos hechos la víctima sufrió numerosas contusiones y fracturas por las que tuvo que ser intervenida quirúrgicamente para tratarle las lesiones sufridas en la cara y en el fémur.

En la casa de uno de los procesados fue localizada, durante una entrada y registro efectuada por los Mossos d'Esquadra en diciembre de 2018, una defensa rígida extensible, un arma que "sólo puede ser utilizada por funcionarios especialmente habilitados, sin que conste que el acusado disponga de permiso o licencia que le habilite".

CONDENADO POR OTRA AGRESIÓN

Fuentes judiciales han explicado a Europa Press que este procesado acumula diversas detenciones, una de ellas en octubre de 2020 por causar disturbios en una manifestación contra el uso de las mascarillas en la plaza Sant Jaume de Barcelona, hechos por los se enfrenta a una elevada pena de prisión en un juicio que aun no tiene fecha.

En esa protesta también participó su hermano, detenido en julio de 2023 el marco de la 'Operación Hydra' de Mossos d'Esquadra para desarticular a los Casuals, el grupo criminal vinculado a los Boixos Nois --actualmente se encuentra en libertad provisional-- y al que se le atribuye un alto posicionamiento jerárquico dentro del grupo.

El acusado en la presente causa también fue detenido en 2022 por su presunta participación en un ataque a ultras del Espanyol en un bar de Cornellà -por el que tiene una causa abierta- y fue condenado por agredir a otro en un campo de fútbol de Sitges (Barcelona), pena que le fue suspendida, según indican las mismas voces.

En lo que respecta a los hechos acaecidos en Sitges, la Fiscalía les atribuye la autoría de un delito de homicidio en grado de tentativa y de un delito de tenencia ilícita de armas prohibidas, por lo que pide para ellos 11 años de prisión y 5 de libertad vigilada, así como la prohibición de aproximarse a la víctima o comunicarse con ella por periodo de un año superior a la pena privativa de libertad impuesta.

También, que indemnicen al miembro de Bukaneros en la cantidad de 48.228,25 euros por las lesiones y secuelas causadas, así como por los daños morales ocasionados.

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