La Audiencia Nacional (AN) ha condenado a 6 años de cárcel a Abdelkrim M. por promocionar, exaltar y justificar los "macabros actos de guerra y aniquilación del enemigo" perpetrados por Estado Islámico, organización terrorista a la que incitaba a unirse.
En una sentencia, recogida por Europa Press, la Sala de lo Penal le impone 4 años de prisión por un delito de autoadoctrinamiento terrorista y otros dos años por un delito de enaltecimiento del terrorismo.
El condenado, que fue detenido en Beniaján (Murcia) en enero de 2022, tenía almacenados más de 2.100 vídeos y audios de contenido yihadista, entre ellos asesinatos violentos, ejecuciones y discursos de líderes de Estado Islámico, que según los magistrados consumía para radicalizarse. También, apunta el fallo, los difundía a través de redes sociales y aplicaciones de mensajería con el fin de incitar a otros a unirse a los postulados de la organización terrorista.
Los hechos probados de la sentencia señalan que el hombre, al menos desde 2013, decidió de forma consciente y voluntaria sumergirse en un intenso proceso de radicalización religiosa mediante el consumo masivo de una gran variedad de contenidos divulgados por las estructuras propagandísticas del DAESH. Los mismos, según la Sala, "resultan eficaces para la captación e incorporación de nuevos miembros dispuestos a pasar a la acción en las diferentes modalidades de actividad terrorista".
Tras asumir ese ideario, siempre según el fallo, el condenado realizó una "intensa tarea de publicación y difusión de dichos contenidos, especialmente a través de las redes sociales Facebook y Telegram, además de utilizar vídeos e imágenes de la misma naturaleza en su perfil de WhatsApp para enviarlos a otras personas de su entorno".
REUNIONES CERCA DE SU CASA
La Sala considera que, a través de sus perfiles en las redes sociales, se instruía y alentaba a otros a incorporarse a las ideas radicales y violentas del yihadismo, representado por Estado Islámico "con fines de perduración de su existencia y favorecimiento de sus deleznables objetivos".
A través de los perfiles que usaba, continúa la sentencia, Abdelkrim, de forma voluntaria y consciente, "se formaba y capacitaba, a la vez que propagaba la supuesta bondad de las acciones protagonizadas por dicha organización terrorista y sus satélites, adhiriéndose a sus radicales y violentos postulados".
Todo ello, incide la Audiencia Nacional, "a la vez que pretendía incitar a otros a participar de cualquier forma en las acciones de la referida organización terrorista, con resultado negativo en este último caso, puesto que las reuniones cercanas a su domicilio a las que convocaba a sus amigos no resultaron eficaces para que aquéllos dieran un paso más de adhesión y de acción que los meramente contemplativos de los violentos vídeos y extremistas discursos y manuscritos que les facilitaba".
Es precisamente por este último motivo por el que la Sala de lo Penal le absuelve del delito de adoctrinamiento terrorista del que también le acusaba la Fiscalía.
Para los magistrados ha quedado acreditado el ejercicio de actos de promoción pública, exaltación y justificación de la organización terrorista DAESH y sus miembros que, "con sus macabros actos de guerra y aniquilación del enemigo, ocasionan un grave quebranto en el régimen de libertades y un enorme daño en la paz de la comunidad, atentando contra el sistema democrático establecido".
En su declaración en el juicio celebrado en su contra el pasado mes de diciembre, el acusado descartó que se sintiese un soldado al servicio de Jabhat al Nusra, antigua rama de Al Qaeda en Siria. "Nosotros no somos igual que ellos, ni formamos parte de ellos, ni tenemos los huevos para ser como ellos. Nada de esto", aseguró.