Pepi Cardenete
Madrid, 28 dic (EFE).- Madrid ZBE, la zona de bajas emisiones que comprende todo el término municipal de la ciudad de Madrid, culmina el próximo miércoles, 1 de enero de 2025, su calendario para acabar paulatinamente con la circulación de los coches más contaminantes, esto es, con aquellos que no tienen distintivo ambiental.
La última medida de Madrid ZBE, a la que ya tienen prohibido acceder los coches contaminantes de fuera de la ciudad (aunque habrá ciertas excepciones), afecta a los vehículos con clasificación ambiental A empadronados en la capital o dados de alta en el impuesto de vehículos de tracción mecánica (ITVM).
De este modo, a partir del 1 de enero de 2025 los vehículos A madrileños no podrán circular por la ciudad, exceptuando los utilizados para el traslado de personas con movilidad reducida (PMR), los coches históricos, los de emergencias y de las Fuerzas Armadas.
A partir de ese día tampoco podrán circular por Madrid las motocicletas y los vehículos de mercancías A de cualquier parte de España, incluyendo los de la capital.
Sin embargo, con el ánimo de informar a los ciudadanos de que hasta ahora no se aplicaban estas limitaciones de circulación, el Ayuntamiento de Madrid ha establecido un periodo de aviso de doce meses, es decir, hasta el 31 de diciembre de 2025, por lo que durante todo el año los infractores no serán multados.
Así, todos los titulares de vehículos mencionados anteriormente que infrinjan la normativa de Madrid ZBE desde las 00:00 horas del 1 de enero de 2025 hasta las 23:59 del 31 de diciembre de 2025 y que sean interceptados por las cámaras recibirán una comunicación por carta de carácter informativo en su domicilio en lugar de ser multados.
El acceso no permitido a las zonas de bajas emisiones de cualquier parte de España se sanciona como infracción grave de tráfico, llevando aparejada una multa de 200 euros (100 euros si es pronto pago).
La normativa municipal sobre movilidad sostenible también prohíbe que los vehículos A de Madrid aparquen en el servicio de estacionamiento regulado (SER) a partir del 1 de enero de 2025, pero, en consonancia con el periodo de aviso de doce meses, la Junta de Gobierno ha aprobado que esta limitación sea efectiva a partir del 1 de enero de 2026.
Así pues, se seguirá permitiendo que los residentes en Madrid con coches A puedan estacionar en la zona SER de su barrio, aunque, tal y como viene ocurriendo desde 2020, sí podrán ser multados si aparcan en otra zona del servicio de estacionamiento regulado.
El Ayuntamiento de Madrid ya ha comenzado a mandar mensajes de texto y correos electrónicos a los usuarios del SER para informar sobre esta medida. También se les informa de que el plazo para pagar la tarjeta de residente llega hasta el 31 de enero de 2025.
Más allá de estas medidas concernientes a los coches A empadronados en Madrid, el Ayuntamiento de la capital va a establecer a partir del 1 de enero una serie de excepciones para que determinados vehículos sin distintivo ambiental de fuera de la ciudad puedan acceder a la urbe.
Podrán seguir accediendo a la capital los siguientes supuestos:
-Autónomos (o sociedades unipersonales) de 59 años (cumplidos en 2025) para los que, al menos, el 50 % de su flota sea vehículos A de más de 3,5 toneladas.
-Titulares de coches A o familiares que necesiten utilizar ese vehículo para su traslado a centros médicos y hospitalarios para someterse a tratamientos hospitalarios.
-Aquellas personas que hayan comprado un coche nuevo de bajas emisiones pero que, por cuestiones de fabricación, no lo hayan recibido todavía.
Cabe destacar que serán los interesados los que tengan que solicitar el acceso por registro conforme a las instrucciones que el Consistorio irán facilitando. Asimismo, las autorizaciones tendrán una eficacia no superior al año natural, sin perjuicio de futuras resoluciones. EFE
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