Condenados a 74 años de cárcel 4 etarras por intentar matar a dos periodistas y a su hijo

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Madrid, 11 dic (EFE).- La Audiencia Nacional ha condenado a 74 años y cuatro meses de cárcel a cuatro etarras que intentaron matar el 10 de noviembre de 2000 a los periodistas Aurora Intxausti, de El País, y Juan Palomo, de Antena 3, al salir de su casa de San Sebastián con su hijo de 18 meses, mediante una bomba en la puerta de la vivienda.

La sentencia recoge de esta forma la petición formulada en el juicio por la fiscal que no obstante indicó que el límite máximo legal que les es aplicable es de 30 años de prisión para cada uno y de hecho los cuatro acusados ya comparecieron en la vista en libertad tras haber cumplido este periodo en relación con otras causas de ETA en las que fueron condenados.

Todos ellos confesaron en la vista que participaron en la colocación de la bomba, que no llegó a explosionar, en la puerta de la vivienda en la que residían el matrimonio y su hijo.

De esta forma Imanol Miner Villanueva, Asier García Justo y Jon Zubiaurre Aguirre son condenados como autores materiales y Patxi Xabier Macazaga Azuermendi como inductor de tres delitos de asesinato y estragos terroristas en grado de tentativa.

Además los magistrados imponen a los acusados la prohibición de aproximarse a las víctimas y a comunicarse con ellas durante cinco años y les condenan a que indemnicen a Aurora Intxausti con algo más de 150.000 euros y a Juan Palomo con 75.000.

La Sala considera que "es incuestionable el daño moral experimentado por ambos pues se vieron gravemente atacados en su propio domicilio de una manera inesperada y con altas probabilidades de haber podido perder su vida y la de su hijo".

Añade que "a raíz de estos hechos experimentaron un fundado y explicable temor a ser atacados de nuevo, motivo por el que se vieron obligados a abandonar el que había sido su lugar de residencia y dejar la forma de vida que habían mantenido hasta entonces".

"Tras el atentado tuvieron que cambiar de ciudad y de lugar de trabajo y alejarse con ello de su entorno familiar y de sus relaciones sociales hasta el punto de que en cada ocasión que tenían que regresar al País Vasco debían contar con protección policial", subraya.

La sentencia relata que en el año 2000 los condenados, como miembros del comando Gaua de ETA, realizaron labores de información para averiguar el domicilio en el que residía la pareja de periodistas y estudiar la viabilidad de colocar un artefacto explosivo en el rellano de la puerta de la vivienda "con la clara finalidad de atentar contra sus vidas y de causar daños en el inmueble".

Añade que sobre las ocho de la mañana del 10 de noviembre de 2000 cuando Juan Palomo abrió la puerta de su casa para dirigirse a su trabajo escuchó una explosión similar a la de un petardo y observó sobre el felpudo una maceta con una planta.

Por ello indicó a su mujer, que se disponía a salir del domicilio con su hijo, que regresara al interior de la vivienda y se colocara en el lugar más alejado de la puerta.

El artefacto explosivo, compuesto por dos kilos y medio de dinamita y otros tantos de tornillería a modo de metralla, estaba preparado para que se activara al abrirse la puerta del domicilio pero no llegó a explotar porque falló la conexión entre el detonador y el explosivo, siempre según la sentencia.

La misma recoge el testimonio que prestaron en el juicio Aurora Intxausti y Juan Palomo, que explicaron cómo cambiaron sus vidas desde el atentado y la de muchos de sus compañeros que continuaron en el País Vasco. EFE

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