Seguridad Social sostiene que 168 repartidores de Glovo en Gipuzkoa eran falsos autónomos

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San Sebastián, 9 dic (EFE).- La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) sostiene que 168 repartidores de la empresa Glovo trabajaron como falsos autónomos entre octubre de 2018 y diciembre de 2020, porque considera que desempeñaban su labor como trabajadores por cuenta ajena para esta empresa.

Durante el juicio por estos hechos, celebrado este lunes en el Juzgado de lo Social número 4 de San Sebastián, el letrado de la TGSS ha reclamado 410.587 euros por la cuota de liquidación de las cotizaciones a este organismo que estarían pendientes de pago por la empresa demandada.

Por su parte, las abogadas de los sindicatos LAB y CCOO han solicitado, en representación de varios de los trabajadores afectados, que se admita la demanda de la Tesorería de la Seguridad Social y que los operarios sean declarados como trabajadores por cuenta ajena de Glovo, cuyo letrado ha mantenido que se trataba de operarios autónomos.

Durante la vista oral, el abogado de la Seguridad Social ha asegurado que Glovo establecía las "directrices" y la "forma de funcionamiento" de los repartidores a través de una aplicación propia de la empresa, en la que se concretan determinadas franjas horarias y que además supervisaba su geolocalización.

Ha resaltado que la empresa es titular de "medios" de trabajo como esta aplicación, además de suministrar otros como la mochila con la que realizaban los pedidos y una "tarjeta bancaria" que ponía a disposición de los repartidores, así como un "sistema de calificación" de estos operarios.

Ha destacado también que la "forma de pago" de los afectados era determinada por la compañía en función de una tarifa base complementada por otras dos cuantías variables, en función de si se desplazaban en bicicleta o en un vehículo a motor, y del tiempo de espera.

Todo ello le ha llevado a asegurar que, a su entender, Glovo no es una "mera intermediaria" en la contratación de unos servicios, sino que es "una verdadera empleadora de los trabajadores" con los que mantendría "una relación de naturaleza laboral".

Tras estas conclusiones, a las que se han adherido las representantes de LAB y de CCOO, el abogado de Glovo ha pedido que se declare "improcedente" la demanda de la TGSS, al tiempo que ha citado una resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) según la cual estos repartidores serían autónomos, porque son libres de rechazar pedidos, pueden desconectarse libremente de la aplicación y subcontatar los encargos, e incluso trabajar para la competencia.

Una situación que, a su entender, debería analizarse además "caso por caso" y no de una manera general como plantea la demanda de la Seguridad Social. EFE

(foto)

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