Madrid, 19 nov (EFE).- El Tribunal Constitucional (TC) ha decidido mantener en suspenso un único apartado de la ley trans de la Comunidad de Madrid mientras levanta la suspensión del resto de artículos impugnados por el Gobierno central, ha informado el TC en un comunicado.
En concreto mantiene suspendido el apartado de esa ley referido a que los menores transexuales que tengan patologías previas deben obtener un informe favorable del facultativo que les trata para iniciar un tratamiento hormonal.
Además, el pleno del tribunal de garantías también ha acordado mantener la suspensión que decretó contra un apartado de otra ley de la Comunidad de Madrid, la de protección integral contra la LGTBIfobia, también recurrida por el Gobierno central, y lo hace "por riesgo de afectación al derecho fundamental de la tutela judicial efectiva".
El Constitucional admitió a trámite en julio los recursos del Gobierno contra las leyes trans y de protección de las personas LGTBI de la Comunidad de Madrid y suspendió varios artículos, como el que exigía a los menores trans informes y acompañamiento psicológico para iniciar un tratamiento de transición.
El Ejecutivo central llevó ante la corte de garantías diversos preceptos de esas dos normas autonómicas al considerar que vulneran la Constitución, son contrarios a los derechos fundamentales, suponen una "patologización" de los menores e invaden competencias exclusivas del Estado.
Ahora el TC debía pronunciarse sobre el mantenimiento o levantamiento de esa suspensión porque está próximo a expirar el plazo de cinco meses desde que se interpuso el recurso, ha recordado el alto tribunal.
Así, el pleno ha acordado por unanimidad levantar la suspensión de todos los preceptos referidos a la ley trans de Madrid en los que el mantenimiento de la suspensión no había sido solicitada por el abogado del Estado, y de aquellos sobre los que no se habían formulado alegaciones que justificasen el mantenimiento de la suspensión.
Mantiene "única y excepcionalmente" la suspensión del artículo 14.2.b) de la Ley de identidad y expresión de género e igualdad social y no discriminación de la Comunidad de Madrid, que dispone que los menores transexuales, en caso de presencia de enfermedades o patologías médicas previas, deben obtener un informe favorable del facultativo que esté tratando al menor, como condición para iniciar un tratamiento farmacológico hormonal para su transición.
El Pleno ha considerado que esta norma afecta a la libertad de autodeterminación del menor dificultando su toma de decisiones personales en el procedimiento de transición.
A dicha suspensión se han opuesto los magistrados Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel, José María Macías y César Tolosa, para los cuales se trata de una garantía que no acarrea graves perjuicios para el interés público o para los particulares de los destinatarios de la norma, dada la trascendencia de la decisión de someterse a tratamiento hormonal y su irreversibilidad, detalla el TC en un comunicado.
Los cuatro primeros han anunciado su intención de formular voto particular discrepante, mientras que la magistrada María Luisa Balaguer ha anunciado un voto particular concurrente.
Por otro lado, el pleno del TC también ha acordado por unanimidad mantener la suspensión solicitada por el presidente del Gobierno contra un apartado de la ley de protección integral contra la LGTBIfobia y la discriminación por razón de orientación e identidad sexual en la Comunidad de Madrid, "por riesgo de afectación al derecho fundamental de la tutela judicial efectiva". EFE