La DGT dará de baja temporal a los vehículos dañados por la dana y los eximirá de tasas

Guardar

Madrid, 8 nov (EFE).- La Dirección General de Tráfico (DGT) dará de baja de oficio a todos los vehículos dañados por la dana, simplificará los trámites para que, entre otras cosas, el propietario no tenga que liquidar el impuesto de circulación el 1 de enero de 2025 y los eximirá de algunas tasas.

Tráfico ha emitido una instrucción en la que se facilita a los afectados por las inundaciones la tramitación de determinadas gestiones relacionadas con el vehículo o con el permiso de conducir, ha informado este viernes la DGT.

Con la idea de llegar a todos los ciudadanos afectados se han abierto varios canales para la presentación de solicitudes de trámites y se ha reducido la documentación que debe aportarse, limitándola a una declaración responsable.

Además, se procederá a la exención de tasas en lo referido a las bajas temporales de vehículos y a la expedición de duplicados de permiso de circulación o de conducción destruidos o extraviados como consecuencia de la dana.

Los canales habilitados por la DGT para presentar las solicitudes de estos trámites extraordinarios son el teléfono 060, principalmente para personas que no dispongan de medios telemáticos, y en la página web de Tráfico, donde se cursará la solicitud mediante formulario y que estará disponible en los próximos días, así como en la Jefatura Provincial de Tráfico de Valencia.

Además, para solicitar las bajas temporales del vehículo, a los canales anteriores se suman los gestores administrativos, colaboradores de la administración en lo que a procedimiento de tramitación se refiere.

La Dirección General de Tráfico anotará una baja temporal de oficio para todos los vehículos que tenga conocimiento que se han visto afectados por la dana, una información que recibirá a través del Consorcio de Compensación de Seguros y de las autoridades correspondientes de la Comunidad Valenciana.

Para aquellos vehículos no identificados por el Consorcio o las autoridades de la Generalitat como afectados, el interesado podrá solicitar la baja temporal a través de los canales mencionados mientras se gestionan los expedientes de indemnización por los daños del vehículo o se gestiona la reparación.

Este trámite será gratuito. El objetivo de esta baja temporal es beneficiar al titular del vehículo afectado y fuera de la circulación para que no tenga que liquidar el impuesto de circulación el 1 de enero de 2025. Porque es esa situación administrativa -baja temporal- no se genera dicho impuesto.

Para ello solamente necesitará rellenar un simple formulario y declarar de forma responsable que la solicitud se debe a que su vehículo se ha visto afectado por la dana en octubre de 2024.

Al igual que en el caso anterior, por el extravío o destrucción del permiso de conducción, el titular puede solicitar a través de esos mismos canales un duplicado del carné de conducir, que será remitido al interesado a la dirección existente en el Registro General de Conductores que conste en la DGT o a la Jefatura Provincial de Tráfico.

Al igual que en el caso anterior, el titular solamente necesitará declarar de forma responsable que su permiso de conducción se ha visto afectado.

Una vez localizado el vehículo, si el titular a la vista de los daños decide retirarlo de la circulación, deberá llamar a un Centro Autorizado de Tratamiento Medioambiental para su destrucción.

Estos centros son los únicos autorizados para descontaminar y destruir los vehículos conforme a criterios ambientales y expedirán el correspondiente certificado de destrucción que entregarán al titular de dicho vehículo.

Una vez que conste en el Registro de Vehículos de la DGT la información de la baja definitiva, se les facilitará a los ayuntamientos para la actualización de su parque y la gestión del impuesto de circulación.

La Dirección General de Tráfico recuerda que tiene la aplicación miDGT en la que el ciudadano puede tener acceso a la información sobre sus vehículos, la documentación de los mismos y el propio permiso de circulación. También al permiso de conducir electrónico, que tiene la misma validez en territorio nacional que el emitido en soporte en papel. EFE

Guardar