Generalitat publica la orden que restringe la circulación en vías afectadas por la dana

Guardar

València, 2 nov (EFE).- El Diari Oficial de la Generalitat (DOGV) publica la orden por la que, desde las 00:00 horas de este sábado y hasta las 23:59 horas del domingo, se restringe la circulación de vehículos en las carreteras de acceso a los municipios de la provincia de Valencia más afectados por la dana `para garantizar la movilidad de todos los servicios esenciales y complementarios de intervención.

Las únicas excepciones que indica la orden de la Conselleria de Justicia e Interior son para la asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios, el cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales y el retorno al lugar de residencia habitual o familiar.

También para la asistencia y cuidado a personas mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables, para actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales, por causa de fuerza mayor o situación de necesidad o por cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

Las vías afectadas son los accesos y salidas a los municipios desde y hacia la V-31 en su totalidad, excepto la entrada a la ciudad de Valencia, y los accesos y salidas a los municipios desde el kilómetro 0 (puerto) de la V-30 al kilómetro 9 (accesos a la A3), ambos sentidos, excepto entrada a la ciudad de Valencia. Ambas son vías de competencias estatal propuesta por el Ministerio de Interior.

Las vías de competencia autonómica propuestas por la Generalitat Valenciana son la CV-33, Albal-Torrent; la CV-36, Valencia- by pass; la CV-366, acceso sur Torrent; la CV-400, Valencia Albal; la CV-403, Xirivella-Torrent; la CV-407, Picaña-Sedaví; y la CV-410, Alaquás-“Bonaire”.

La orden por la que se adoptan medidas temporales y excepcionales como consecuencia del temporal de lluvia y viento iniciado el 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana señala que "La limitación resulta proporcional a la finalidad perseguida, puesto que la medida adoptada es la menos perjudicial para los derechos de terceros, no se prolonga especialmente en el tiempo y es la única que se puede adoptar para alcanzar la finalidad perseguida", indica el texto de la Orden.

Según explica, desde el día 28 de octubre de 2024 la Comunitat Valenciana y de manera muy especial la provincia de Valencia en su conjunto "se está viendo afectada por una dana de una intensidad y consecuencias tanto en vidas humanas como en daños a las infraestructuras sin precedentes".

"Es fundamental garantizar que todos los recursos que están actuando coordinadamente desde el inicio, de las diferentes administraciones públicas, así como de empresas y otros sectores, que están trabajando, no solo para asistir a las personas afectadas, sino también para recuperar a la mayor brevedad posible los servicios básicos, puedan ejercer su tarea con seguridad y efectividad, siendo necesario para ello fundamental garantizar su movilidad dando carácter prioritario sobre cualquier otro usuario de la red viaria y de transporte de la Comunitat Valenciana", afirma.

Afirma que en estos momentos de la emergencia "resulta necesario limitar la circulación y tránsito en determinadas vías públicas para garantizar la movilidad de todos los servicios esenciales y complementarios de intervención, así como de todas empresas responsables de garantizar el suministro de los servicios básicos de agua, energía y comunicaciones, y de distribución de alimentos, proceder a su reparación y limpieza, con la finalidad última de garantizar el uso normal por parte de los ciudadanos".

Explica que la base legal para esta limitación se encuentra en la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, entre otros en los artículos 7 bis, y 20 (Deber de colaboración y Fase de recuperación), y en la ley 13/2010, de 23 de noviembre, de la Generalitat, de Protección Civil y Gestión de Emergencias contiene iguales medidas.

Por ello, y conforme lo acordado en la reunión del CECOPI del día 1 de noviembre ordena desde las 0:00 horas del día 2 de noviembre de 2024 hasta las 23:59 horas del día 3 de noviembre de 2024, medidas temporales y excepcionales para proceder a la reparación y limpieza, garantizar la movilidad de todos los servicios esenciales y complementarios de intervención, así como de todas empresas responsables de garantizar el suministro de los servicios básicos de agua, energía y comunicaciones, y de distribución de alimentos. EFE

Guardar