El CGPJ resuelve la duda del TSJ andaluz y fija que la juez Gómez Caselles debe participar en la sentencia de los ERE

La Comisión Permanente del CGPJ confirma que la magistrada Encarnación Gómez Caselles debe participar en la redacción de la nueva sentencia del caso ERE, a pesar de su excedencia

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El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha resuelto la duda del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Andalucía y ha fijado que la magistrada Encarnación Gómez Caselles debe participar en la redacción de la sentencia de los ERE, según ha informado el órgano de gobierno de los jueces.

La Comisión Permanente da así respuesta a la consulta urgente que le fue remitida por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía respecto a la conformación del tribunal que deberá dictar una nueva sentencia en el conocido como "caso ERE" para dar cumplimiento a una decisión del Tribunal Constitucional.

En concreto, la Sala de Gobierno había preguntado sobre la posibilidad de que la magistrada Encarnación Gómez, actualmente destinada en la Audiencia Provincial de Alicante y en la situación administrativa de excedencia voluntaria, se incorporase a la Sala para el dictado de la nueva resolución.

Los vocales de la Comisión Permanente, teniendo en cuenta que el objeto de la consulta es de naturaleza jurisdiccional y que la LOPJ prohíbe al CGPJ dictar instrucciones sobre la aplicación e interpretación del ordenamiento jurídico, responden a la Sala de Gobierno informando de que "subsiste para la magistrada la obligación de concurrir a formar Sala para el dictado de la nueva sentencia, conforme a lo dispuesto en el art. 194.2.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil".

EL CASO DE GÓMEZ CASELLES

Gómez Caselles "se encuentra en situación de excedencia voluntaria en la carrera judicial" para el cuidado de un familiar desde el pasado 22 de julio; es decir, tres semanas después de que la Sala de Gobierno del TSJ le designara como una de las magistradas que deberá redactar las nuevas sentencias sobre el "procedimiento específico" de financiación de los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares y las ayudas arbitrarias.

Por eso, la Sala de Gobierno del TSJ andaluz consultó al CGPJ para que aclarase "si esta circunstancia no excluye la habilitación y autorización ya concedida para integrar el tribunal o, por el contrario, es aplicable a dicha magistrada la excepción establecida" en la Ley de Enjuiciamiento Civil referentes a los jueces y magistrados a quienes corresponde fallar los asuntos.

El presidente del TSJ de Andalucía, Lorenzo del Río, explicó el pasado 8 de octubre que "la regla general" es que ante un caso judicial de esta naturaleza, "las sentencias las pongan los mismos" magistrados intervinientes en el procedimiento original y de dicha norma "se exceptúa solamente a los que han perdido la condición de juez o los que pasan a la legislación de excedencia pero para ocupar cargos políticos", lo que "no es el caso de la magistrada" Gómez Caselles.

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