El fiscal rebaja a cuatro años la petición de cárcel a un hombre acusado de tocamientos a su sobrina menor

Modificación de la pena solicitada por el fiscal a cuatro años de cárcel en un caso de agresión sexual continuo, con atención a la salud mental del acusado y el impacto en la víctima

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El fiscal ha rebajado a cuatro años de cárcel su petición de condena al hombre acusado de tocamientos a su sobrina cuando era menor, menos de la mitad de la pena solicitada inicialmente (nueve años), tras modificar sus conclusiones para introducir la atenuante de reparación del daño, al haber consignado el procesado 3.000 de los 7.000 euros reclamados en concepto de responsabilidad civil, para indemnizar a la víctima por las secuelas que sufre por el "calvario" vivido.

Para el representante del ministerio público, que entiende los hechos constitutivos de un delito continuado de agresión sexual, con la atenuante de anomalía psíquica -el implicado padece esquizofrenia y cuando ocurrieron tenía afectadas sus capacidades intelectivas y volitivas de forma "leve"- la pena interesada está "suficientemente ajustada" a lo sucedido, aunque no se opondría a que en lugar de la prisión se aplicara una medida de seguridad.

Por su parte, la acusación particular -ejercida por la joven, que tenía 11 años en el momento de lo ocurrido, en primavera de 2014- ha mantenido los diez años de encarcelamiento y 10.000 euros de indemnización, en tanto que la defensa del procesado -que está en una residencia y tiene reconocida una discapacidad del 70%- solicita de forma subsidiaria a la absolución una pena de tres años y nueve meses, según se contemple la eximente plena o incompleta que, respectivamente, reclama.

Este letrado entiende que su cliente -denunciado por dos episodios diferentes- pudo actuar bajo un brote de esquizofrenia que anulaba, de forma total o parcial, sus capacidades cognitiva y volitiva. De este modo, lo denunciado "pudo pasar así, pero en la cabeza de él pasó otra cosa".

En la segunda sesión del juicio, celebrado durante dos días en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria y que ha quedado visto para sentencia, se ha practicado la prueba pericial y el enjuiciado ha ejercido su derecho a la última palabra, para reafirmar la inocencia que ya alegó durante el interrogatorio con el que arrancó la vista, y en el que solo respondió a preguntas de su abogado. "Bajo mi conciencia, soy inocente", ha dicho este jueves.

RELATO DE LA VÍCTIMA COMPATIBLE CON LOS HECHOS DENUNCIADOS

Los forenses, que han comparecido por videoconferencia, han señalado por un lado que el relato de la chica es "compatible" con los hechos denunciados, dos episodios de tocamientos -de diferentes partes del cuerpo, por encima y por debajo de la ropa- y que se produjeron hace una década en la casa de sus abuelos, donde residía el acusado, y en su propia vivienda.

Han destacado que su relato es estructurado, coherente y detallado, condiciones que muestran "verosimilitud" y no "fantasía", y han descartado además la existencia de motivos para que la niña actuara en contra de su tío, con el que tenía una relación normal hasta entonces.

En cuanto al tiempo pasado hasta la denuncia, años después de los hechos, han indicado que se produjo un cambio en el investigado, que se trasladó de la residencia en la que estaba desde el segundo episodio -cuando la menor se lo contó a sus padres y decidieron dejar de cuidarle y alejarle de ella- a otra más cercana, lo que le provocó insomnio o ansiedad. Así, denunció para "poder superar" una situación que le ha provocado trastorno por estrés post-traumático moderado y por la que sigue en tratamiento en la actualidad.

AFECTACIÓN LEVE DE CAPACIDAD COGNITIVA

Sobre el procesado, de 60 años, los peritos han explicado que en la década de los 90 fue diagnosticado de esquizofrenia paranoide y que tiene una reconocida una minusvalía del 70%, aunque no contemplan que tuviera alucinaciones en el momento de los tocamientos, de los que reconoció uno, en la zona del pecho, pero alegó que era porque su sobrina tenía un grano o un lunar.

También han puesto de manifiesto que tomaba la medicación pautada -no así drogas ni alcohol- y que aunque presentaba síntomas de su enfermedad, estaba "bastante estable", pero sin descartar una afección "leve" de sus capacidades cognitivas así como un pensamiento "desorganizado" y que tuviera también una percepción "alterada" de la realidad. De lo que no tienen constancia es de que sufriera un brote en las fechas de los hechos.

Respecto a su relato, "lo hace desde su perspectiva de los hechos", han apuntado los forenses, que no tiene "ningún dato" para determinar que el acusado esté fabulando, sino que ofrece "su versión" de lo ocurrido.

CONCLUSIONES FINALES

El fiscal también pide la prohibición de aproximarse a su sobrina o cualquier lugar que frecuente a menos de 300 metros y de comunicarse con ella por cualquier medio, incluidas redes sociales o terceras personas, durante diez años. E interesa además la medida de libertad vigilada durante nueve años tras su salida de prisión, e inhabilitación de seis años para el ejercicio de profesión, oficio o actividad que conlleve contacto regular y directo con menores.

El representante del ministerio público ha subrayado la "persistencia" de la niña, que ha vivido "un calvario de perjuicios sociales y personales", y cree que en este caso no se plantea como una cuestión de autoría o responsabilidad, sino de la pena a imponer al hombre, teniendo en cuenta la afectación leve de sus capacidad -que no eximente incompleta- y la reparación del daño, que ha propiciado una rebaja de la condena de nueve a cuatro años de cárcel.

Pero la acusación particular, --que también solicita diez años de prohibición de comunicación y aproximación, a menos de 500 metros, nueve de libertad vigilada y seis de inhabilitación, discrepa de la aplicación de esa atenuante--, pues la consignación de los 3.000 euros no ha sido antes del juicio, sino en la segunda sesión.

Además, esta abogada cree que el hombre "entiende" y "sabe" lo que ha hecho, y asume las consecuencias de sus actos, en los que empleó "violencia e intimidación" contra su sobrina de once años. También ha comparado la versión de él -en la que ha apreciado alguna "contradicción"- con la de la joven, que es "clara, precisa, lógica y coherente".

Finalmente, la defensa ha subrayado el esfuerzo económico de su cliente para resarcir el daño causado, teniendo en cuenta la prestación de 688 euros que percibe. Y aunque esta parte no pretende "tirar abajo" la declaración de la chica, cree que su relato es "compatible" con la versión del procesado, que "manifiesta su realidad", y apunta además a "la probabilidad" del brote, que "pudo existir".

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