Las Palmas de Gran Canaria, 24 oct (EFE).- La Audiencia de Las Palmas ha absuelto a un hombre que se enfrentaba a peticiones de condena de hasta diez años de cárcel por las gravísimas lesiones que sufrió un bebé del que cuidaba al existir dudas que fuera él quien se las provocó, algo que el procesado niega y de lo que no hay pruebas.
En una sentencia hecha pública este jueves, el tribunal precisa que no alberga "la más mínima duda de la presencia de lesiones traumáticas en el menor", que le han dejado como secuela "una gravísima discapacidad" que condiciona su vida casi por completo, ni tampoco de que esas lesiones se las tuvo que infligir "un tercero".
Sin embargo, no aprecia pruebas de que se las ocasionara el acusado al zarandearlo de forma violenta, como sostenían el Ministerio Fiscal y la acusación particular a partir del informe emitido por las médicos forenses sobre lo que le pasó al niño.
El pequeño, que tenía cinco meses, ingresó en el hospital el 27 de abril de 2019 tras encontrarlo su madre frío y casi inmóvil en la cama cuando regresó a casa de trabajar. Las pruebas revelaron que padecía infarto cerebral, hematomas y hemorragias en el cerebro y en los ojos y convulsiones generalizadas.
Las médicos forenses dictaminaron que el niño tuvo que haber recibido algún tipo de maltrato físico, ya que descartaron que pudiera haberse lesionado él mismo, en una caída, por ejemplo.
Según su criterio, no existía duda que fue un tercera persona quien le ocasionó esos traumatismos, probablemente al zarandearlo de manera violenta. Era "la explicación más plausible", dijeron.
Como consecuencia de esas lesiones, el niño, que está a punto de cumplir seis años, no habla, solo dice 'mamá', no camina, tiene una epilepsia muy grave, no puede comer solo y necesita silla de ruedas, porque ha quedado casi tetrapléjico.
En el juicio, el procesado negó haberlo maltratado o zarandeado y explicó que, aquel día, cuando su madre se lo entregó para ir a trabajar, "estaba adormilado" y "no era el de siempre".
Para los magistrados, no se ha probado suficientemente cómo y en qué momento sufrió el bebé esas lesiones cerebrales. Sobre todo ello, añaden, existen "serias dudas", lo que les impide culpar al acusado.
En esas circunstancias, recalcan, prevalece la presunción de inocencia y se debe dictar una sentencia absolutoria por el principio de 'in dubio pro reo' (en caso de duda, a favor del acusado). EFE