Juzgado suspende elecciones de Motociclismo en espera de sentencia sobre incompatibilidad

El Juzgado Central Contencioso-Administrativo n.º 11 de Madrid suspende el proceso electoral de la RFME por un posible caso de incompatibilidad del candidato José Luis Berenguer ante la Asamblea prevista para el 30 de octubre

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Madrid, 22 oct (EFE).- El Juzgado Central Contencioso-Administrativo número 11 de Madrid ha adoptado como medida cautelarísima la suspensión del proceso de elección del presidente de la Real Federación de Motociclismo de España (RFME), a la espera de que haya una sentencia firme sobre un posible caso de incompatibilidad.

El Juzgado atiende así una petición del candidato José Luis Berenguer, que apreció circunstancias de especial urgencia ante la elección de presidente por parte de la asamblea "en un plazo de diez días", el 30 de octubre.

El pasado 17 de septiembre fueron proclamados candidatos provisionales Berenguer e Igancio Verneda, pero cuatro días después la Junta Electoral federativa determinó que no era posible su proclamación definitiva por la formulación de recursos ante el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD).

En el caso de Verneda, el TAD consideró que no se daba en este candidato una incompatibilidad por ser vicepresidente de la Federación Internacional y director general de la compañía andorrana Win & Green Consulting, como alegaba Berenguer.

También la RFME presentó alegaciones por entender que la incompatibilidad solo podía aplicarse durante "el desempeño del cargo", y no antes.

El Juzgado madrileño, que condena en costas al TAD, estima que "la causa de incompatibilidad debe operar también como causa de inelegibilidad".

Y añade que "el razonamiento de la RFME, acogido también por el TAD" le parece "un desacierto jurídico".

"Las instituciones también deben considerar la legitimidad social y el decoro con que deben desempeñarse, entendiendo que no basta solo con proclamarse dispuesto a cumplir fielmente la letra de las normas, sino también respetar su espíritu", añade el auto.

"Consideramos que la causa invocada en este recurso debe entenderse que opera también como causa de inelegibilidad. Por ello, debe suspenderse el proceso electoral hasta que se dicte sentencia firme porque entendemos que en el candidato puede concurrir la indicada causa", continúa.

"Entendemos que debe respetarse la legitimidad social con que debe conducirse el proceso electoral, pudiendo continuar en el tiempo intermedio desarrollando sus funciones la comisión gestora de la RFME para evitar que se produzca el 'periculum in mora'", concluyen los razonamientos jurídicos. EFE

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