Colegio de Abogados ampara a un letrado al que negaron suspensión de juicio tras ser padre

Madrid, 22 oct (EFE).- El Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) ha concedido amparo a un abogado al que se le denegó la petición de suspensión de un juicio por el nacimiento de su hija, a pesar de que aportó los documentos justificativos.

Según ha informado el ICAM en un comunicado, el letrado había solicitado al Juzgado de Primera Instancia número 1 de Madrid la suspensión de un señalamiento judicial por el nacimiento de su hija. Para ello, aportó los documentos justificativos, como el certificado de inscripción de la menor y la solicitud de baja por paternidad emitida por Alter Mutua.

Sin embargo, el juzgado rechazó la petición con el argumento de que la baja no estaba debidamente acreditada.

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El letrado interpuso un recurso de apelación invocando la vulneración de su derecho a la tutela judicial efectiva y generando una situación de indefensión. Sin embargo, la Audiencia Provincial de Madrid desestimó el recurso en junio de 2024, lo que llevó al abogado a plantear un recurso de casación.

Ante estos hechos, el abogado solicitó amparo al ICAM, argumentando que la denegación de la suspensión del juicio vulneraba su derecho a la conciliación familiar y profesional, además de un trato desigual por estar adscrito a una mutua alternativa a la Seguridad Social.

El ICAM, tras analizar el caso, concluye que se ha vulnerado la independencia y libertad del abogado, así como su derecho a la conciliación familiar, y destaca la importancia de garantizar que las bajas por paternidad de los abogados sean reconocidas independientemente del régimen de cotización al que pertenezcan.

La Junta de Gobierno del Colegio ha otorgado el amparo colegial al letrado y ha reafirmado su compromiso de proteger los derechos de conciliación de los profesionales de la abogacía, al tiempo que ha instado a que los tribunales respeten estos derechos.

El ICAM también ha concedido amparo colegial a otro letrado que denunció haber sido objeto de un trato vejatorio por parte de un agente de la Policía Nacional en el Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Madrid.

El abogado acudió al CIE para asistir a un solicitante de asilo y, tras un retraso considerable en la entrevista, fue increpado por un agente por haber utilizado brevemente su teléfono móvil para revisar la hora.

Según afirma, el agente le dirigió comentarios irrespetuosos y amenazó con abrirle un acta sancionadora, lo que llevó al abogado a presentar una queja ante el Ministerio del Interior y a solicitar amparo colegial.

El ICAM considera que la actitud del agente vulneró la dignidad e independencia del letrado en el ejercicio de su función profesional y cree que la sanción impuesta por la autoridad policial es "desproporcionada y afectaba negativamente el derecho de defensa del abogado y de su cliente".

Por eso, la Junta de Gobierno ha concedido el amparo colegial, y ha reiterado la necesidad de que las autoridades respeten la labor de los abogados en contextos como el de los centros de internamiento. EFE

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