Barcelona, 18 oct (EFE).- La Audiencia de Barcelona ha condenado a más de 15 años de prisión a un exmonitor de la escuela Taiga de Barcelona por violar a dos alumnos discapacitados, y por exhibicionismo con un tercero, y lo ha absuelto de otros cuatro abusos al considerar "desestructurados" o insuficientes sus relatos.
La sección novena ha condenado al exmonitor a 15 años y medio de cárcel por dos delitos de abuso sexual con penetración y relación de superioridad a persona discapacitada y a una multa de 3.600 euros por un tercero de exhibicionismo, según la sentencia avanzada este viernes por 'El País' y a la que ha tenido acceso EFE.
El acusado ha sido absuelto de otros cuatro delitos de abuso sexual, al considerar que con el testimonio de los jóvenes, con discapacidades superiores al 70 %, no han quedado suficientemente probados, por haberse expresado con relatos "desestructurados" o insuficientes en contenido.
La Fiscalía solicitaba para el exmonitor un total de 37 años de prisión por haber agredido sexualmente a siete alumnos con autismo y discapacidad de la escuela de educación especial Taiga de Barcelona durante unas jornadas de convivencias o en salidas deportivas, organizadas entre 2015 y 2017.
Además de la pena de cárcel, la sala ha obligado a indemnizar a las tres víctimas con cuantías que suman 55.000 euros, y ha condenado a Icària Iniciatives Socials SAL, Icària Iniciatives Socials Fundació Privada y Club Deportivo Taiga -entidades entre las que se encuentra la escuela-, como responsables civiles subsidiarios.
Sobre los hechos por los que sí ha sido condenado, la sentencia da credibilidad a los relatos de las víctimas y da por probado que durante múltiples salidas convivenciales o deportivas aprovechó para efectuar las agresiones.
El escrito considera que el acusado llevó a cabo las violaciones "aprovechándose intencionadamente de su posición de preeminencia y ascendencia" sobre las víctimas, de la vulnerabilidad de las mismas y que actuó "con el ánimo de satisfacer su apetito sexual".
En cuanto a las cuatro absoluciones, la sala sostiene que uno de los jóvenes, con una discapacidad del 70 %, ofreció un relato "muy escaso, evitativo, poco inteligible, absolutamente desestructurado y repleto de insultos" contra el procesado.
Sobre otros dos jóvenes, unos hermanos con discapacidades del 80 %, el tribunal subraya que, ante la "severa incapacidad psquítica" que les impide comunicarse, ni siquiera han podido expresar un relato sobre los hechos, por lo que la carga de prueba ha sido insuficiente para la condena.
La sentencia, contra la que cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), también recoge sobre el cuarto caso que el joven sólo dijo que el procesado le hizo tocamientos "sin precisión de lugar y tiempo", y que se expresó de un modo "absolutamente desestructurado". EFE
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