La Audiencia Provincial de Barcelona ha archivado la causa contra los agentes de los Mossos d'Esquadra investigados por el disparo de un proyectil de foam que alcanzó a una manifestante, que perdió el ojo, en las protestas por el encarcelamiento de Pablo Hasél en Barcelona en 2021. En el auto consultado por Europa Press, la Sección 21 de la Audiencia desestima los recursos de apelación de la acusación particular, que ejerce el letrado Xavier Muñoz, y de la acusación popular, que ejerce la Asociación Irídia, al concluir que no hay indicios de que los agentes actuaran "con omisión de las más elementales normas de cuidado". Los hechos investigados, y que no llegarán a juicio, se produjeron el 15 de marzo de 2021, cuando la joven participaba en una manifestación a favor del rapero a la altura de Vía Augusta con la calle Bosch y "en el transcurso de la misma se detuvo, recibiendo un fuerte impacto proveniente de una bala de foam en el ojo derecho, cayó al suelo y fue asistida seguidamente por los servicios médicos", que la trasladaron al Hospital Clínic, sostiene el auto. Finalizada la instrucción, y ante la falta de suficiencia indiciaria, "se decide por el Instructor archivar las diligencias", al no poder acreditar que alguno de los agentes investigados de forma voluntaria disparara el proyectil que le causó la lesión ni tampoco apreciar una conducta imprudente por parte de los policías, pero las acusaciones recurrieron esta decisión. "SITUACIÓN INSOSTENIBLE" El informe de la División de Asuntos Internos de los Mossos concluye, tras tomar declaración a numerosos testigos y al análisis de los vídeos, que en este lugar se produjo "una situación insostenible", en la que unos 300 o 400 manifestantes violentos lanzaron objetos contundentes como piedras, adoquines y botellas, y levantaron barricadas de contenedores, llegando a quemar 50 de ellos, además de 20 motocicletas, y causar daños en 15 comercios y 25 entidades bancarias. Ante la gravedad de estos hechos, el jefe del dispositivo autorizó el uso de proyectiles foam "de manera selectiva a la fin de garantizar la integridad de los agentes", dispersar a los manifestantes y poder repeler el lanzamiento masivo de objetos contundentes, textualmente, así como proteger a las personas y bienes y poder controlar la situación. El auto recoge que los agentes siguieron los protocolos vigentes, que limita el impacto de estos proyectiles a entre 20 y 50 metros de distancia -la víctima dijo que estaba a unos 20 metros de los agentes- y a una altura desde el abdomen hasta los pies o, excepcionalmente, en extremidades superiores si se trataba de personas que estuviesen lanzando proyectiles y que, en cuanto supieron que había una persona herida, se interrumpió el uso de foam. De la investigación también se infiere, como se refleja en los vídeos, que "la víctima realiza lanzamiento de objetos (botellas de cristal) a los agentes" y se determinó que los policías que realizaron los disparos fueron dos, sin poder aclarar cuál de ellos la hirió. De ninguna de las declaraciones se infiere que los agentes omitieran las precauciones que deben tomarse en este tipo de situaciones, ni siquiera de la víctima, que "afirma que vio a los agentes con las escopetas y que no los vio disparar". LOS RECURSOS, "MERAS CONJETURAS" Por lo tanto, concluye la Sala, el incumplimiento de las prevenciones del protocolo responde "a meras conjeturas carentes de base indiciaria, pues no se encuentran respaldadas por el resultado que arroja la investigación de los hechos", por lo que no pueden ser atendidas las alegaciones de Irídia ni del abogado de la joven. "No se trata en modo alguno de buscar una valoración que justifique una conducta ilícita en la que hubieran incurrido los agentes para eximirlos de su responsabilidad penal, como sostienen en sus recursos la acusación particular y la Asociación Iridia; se trata únicamente de buscar una hipótesis alternativa razonable para entender cómo pudo llegar a producirse un hecho cierto", afirma el tribunal. Alude a "la ausencia absoluta de indicios de que los agentes actuaran con omisión de las más elementales normas de cuidado" y que le fueron proporcionadas por el protocolo de utilización de los proyectiles de foam vigentes. "REVÉS GRAVE" Irídia insiste en que "se trata de una decisión muy grave que deja impune una actuación policial que mutiló a una joven" y añade que la sentencia confirma que la lesión fue causada por una bala de foam disparada por los Mossos, corroborando la peligrosidad y falta de precisión de estos proyectiles, que pueden provocar lesiones irreversibles, según han informado en un comunicado. La asociación recuerda que la persistencia de la víctima ha derivado en la retirada de los proyectiles foam más lesivos, pero lamenta que la confirmación del archivo de la causa es "un revés muy grave para el derecho a la justicia y la reparación de la chica y una vulneración de los derechos humanos".