El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha confirmado el auto del 25 de septiembre que suspendió el acuerdo del Gobierno de Canarias del día 2 de septiembre para que las ONGs no recibieran a menores migrantes no acompañados que llegaran de manera irregular a las islas sin el conocimiento previo y la autorización del Ejecutivo regional. Así lo ha informado este martes el TSJC, que agrega que la Sección II de la Sala de lo Contencioso-Administrativa, en su sede de Las Palmas, tomó en la anterior resolución la medida cautelar provisionalísima interesada por la Red Española de Inmigración y Ayuda al Refugiado sin escuchar las alegaciones del Ejecutivo regional, tal y como establece la Ley en estos casos. Ahora, con carácter provisional, pero ya con las alegaciones de la administración autonómica sobre la mesa, ha reiterado la suspensión cautelar. La confirmación se produce al entender que la aplicación del acuerdo "comporta un serio riesgo de que se produzcan retrasos en el proceso de asistencia de los menores inmigrantes, al verse demorado su ingreso en los centros de acogida, con los consiguientes perjuicios que ello puede causar a un colectivo que, por sus circunstancias, resulta especialmente vulnerable". Además, la Sala ha aclarado que "no somos ajenos a la grave crisis migratoria que está sufriendo Canarias, y también comprendemos el interés de la administración autonómica en intentar ordenar la recepción de nuevos menores pero lo que tenemos que valorar en este incidente es si la aplicación de la medida acordada puede hacer perder su finalidad legítima al recurso, y consideramos que sí, habida cuenta de que los afectados por la medida son los menores migrantes cuyos derechos fundamentales se tratan de salvaguardar a través del recurso". ACUERDO DEL GOBIERNO DE CANARIAS El acuerdo del Gobierno canario indicaba a la entidades colaboradoras que no recibieran nuevos migrantes con cargo a la CCAA salvo la previa comunicación de conformidad o la autorización expresa de las autoridades autonómicas competentes. El objetivo, continuaba el Ejecutivo autonómico, era el de proteger el interés de los menores migrantes no acompañados que ya están atendiendo. LOS MENORES NO SERÍAN RECEPCIONADOS "DE MANERA AUTOMÁTICA" Al respecto, la Sala señaló en el auto ahora ratificado que "ello supone que, desde la adopción del acuerdo impugnado, los nuevos menores migrantes que lleguen a las costas de Canarias no van a ser recepcionados de manera automática en los centros de acogida gestionados por las entidades colaboradoras contratadas por el Gobierno del Canarias, sino que esta recepción queda supeditada a la previa comunicación de conformidad o a la autorización expresa de las autoridades autonómicas competentes". "Del texto del acuerdo --prosiguió entonces-- se desprende además que la pretensión de la CCAA es que los menores queden bajo la guarda y custodia de la autoridades estatales encargadas de su recogida en el mar y posterior identificación, suspendiendo la recepción de nuevos menores migrantes a cargo de los recursos autonómicos". Por ello, el auto continuaba señalando que "nos encontramos ante una medida que altera de manera sensible el procedimiento de entrega y asistencia de los menores migrantes no acompañados que hasta entonces se venía observando, y cuya puesta en práctica puede comprometer los intereses de este colectivo especialmente vulnerable, de ahí que apreciemos la especial urgencia en la adopción de la medida". El TSJC ha matizado que se trata de un proceso distinto al que se sigue en la sala de Tenerife que suspendió el pasado 20 de septiembre el protocolo de atención a menores migrantes no acompañados de Canarias en línea con la petición de medidas cautelarísimas que había planteado la Fiscalía Superior de Canarias por vulneración de derechos.