El Consejo de Ministros aprueba mañana el reglamento contra el acoso LGTBI en las empresas

El nuevo real decreto establece obligaciones para empresas con más de 50 empleados, promoviendo la igualdad y no discriminación LGTBI y penalizando el acoso por orientaciones e identidades diversas

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Madrid, 7 oct (EFE).- El Consejo de Ministros aprobará mañana un real decreto que desarrolla el reglamento contra el acoso en el trabajo del colectivo LGTBI y que obligará a las empresas de más de 50 empleados a contar con medidas para garantizar la igualdad de trato y la no discriminación.

Según avanza el diario El País y confirman a EFE fuentes del Ministerio de Trabajo, el Gobierno aprueba el real decreto fruto del acuerdo alcanzado con los agentes sociales el pasado junio y que se enmarca en la "Ley Trans", aprobada hace un año.

El borrador de real decreto, que Trabajo planteó a patronal y sindicatos y al que tuvo acceso EFE, recoge una serie de medidas planificadas para lograr la igualdad y no discriminación LGTBI en las empresas, así como un protocolo ante situaciones de acoso por orientación sexual e identidad y expresión de género.

Las empresas de más de 50 trabajadores deberán comenzar a negociar estas medidas planificadas para evitar la discriminación del colectivo LGTBI en el plazo de tres meses (seis meses si no cuentan con un convenio colectivo) desde el día siguiente a la publicación de la norma y será de aplicación a toda su plantilla, incluyendo a los empleados puestos a disposición y fijos discontinuos.

Las empresas de 50 trabajadores o menos podrán negociar estas medidas de manera voluntaria.

Una vez entre en vigor la norma, los convenios o acuerdos colectivos deberán recoger cláusulas que contribuyan a crear un contexto favorable a la diversidad que deberán hacer una referencia expresa no sólo a la orientación sexual e identidad de género, sino también a la expresión de género y a la diversidad familiar.

Las empresas también deberán integrar en sus planes de formación módulos específicos sobre los derechos de las personas LGTBI y en sus convenios colectivos medidas que atiendan a la realidad de las familias diversas, cónyuges y parejas de hecho LGTBI.

Asimismo, los convenios deberán incluir como sanciones "muy graves" los ataques a la libertad sexual de los trabajadores, según el texto, que dota también a la Inspección de Trabajo a vigilar el cumplimiento y a sancionar en caso contrario. EFE

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