Atlético evitó cierre parcial en mayo por "falta de responsabilidad" en incidente racista

El Comité de Apelación exculpó al Atlético de Madrid tras el incidente racista contra Nico Williams, destacando la adopción de medidas preventivas y la identificación del responsable por las autoridades

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Madrid, 30 sep (EFE).- El Atlético de Madrid fue sancionado la temporada pasada con el cierre parcial del Metropolitano durante dos partidos, por el grito de un espectador imitando el sonido de un mono, dirigido al jugador del Athletic Nico Williams, pero no cumplió la sanción ya que el Comité de Apelación exculpó al club por su "falta de responsabilidad" en el incidente.

Los hechos ocurrieron en el encuentro de la jornada 33 de la última Liga, el 27 de abril, cuando Nico Williams denunció haber recibido un insulto racista, en el momento de lanzar un córner, y el árbitro Juan Martínez Munuera paró el choque unos instantes. Se emitió un mensaje por megafonía contra los "cánticos ofensivos" y el partido se reanudó hasta el final (3-1) sin interrupciones.

Tras el reflejo en el acta del incidente, la primera instancia disciplinaria de la Federación Española de Fútbol (RFEF), sancionó al Atlético con el cierre parcial de su estadio por dos partidos y una multa de 20.000 euros

El club recurrió la sanción y el 9 de mayo el Comité de Apelación estimó su reclamación y la anuló. El Atlético argumentó su falta de responsabilidad en el incidente, tras haber adoptado todas las medidas de prevención requeridas y el hecho de que el responsable del cántico fue localizado por las cámaras del estadio, monitorizadas desde la UCO, que fue identificado y propuesto para sanción por la Policía Nacional al final del partido.

Apelación consideró que el Atlético de Madrid había "desplegado, tanto desde el punto de vista de la prevención como de la reacción, medidas que acreditan un comportamiento de la máxima diligencia posible, sin que quepa apreciar la existencia de otras medidas que pudieran haber sido adoptadas para evitar tales hechos (medidas preventivas) o mitigar su gravedad (medidas reactivas)".

Para el comité, "el club actuó con la mayor de las diligencias posibles, concurriendo por tanto el supuesto de exoneración de responsabilidad previsto en el artículo 15 del Código Disciplinario, estimándose el recurso".

La temporada pasada también el Getafe fue objeto de sanción con clausura parcial de su estadio durante tres partidos y una multa de 27.000 euros por los insultos racistas de sus aficionados la última jornada de Liga contra el Sevilla.

En dicho partido se aplicó el protocolo antirracismo en el minuto 68, después los insultos proferidos hacia el jugador argentino del Sevilla Marcos Acuña, a quien llamaron "mono" desde la grada, y posteriormente al técnico del equipo andaluz Quique Sánchez Flores, al que dijeron "gitano".

El Comité de Disciplina de la RFEF sancionó al club en aplicación del artículo 51.7 del Código disciplinario de la RFEF por la comisión de infracciones muy graves tipificadas en los artículos 69.1.c), 69.2.d) y 76.2, apartados b) y d).

Dicho comité tendrá que pronunciarse sobre lo ocurrido ayer en el derbi Atlético de Madrid-Real Madrid (1-1), que fue suspendido temporalmente durante 17 minutos, en el 67, por el lanzamiento de tres mecheros y una botella de agua, en la zona donde estaba el portero madridista Thibaut Courtois, sin que ninguno de ellos llegara a impactarle.

Los lanzamientos empezaron el minuto 64, después del gol del Real Madrid (0-1) y las celebraciones del mismo por parte del portero belga. El encuentro se interrumpió entonces tras la activación del protocolo de lanzamiento de objetos, con la emisión por la megafonía del estadio del mensaje para que cesara el mismo, y ante la repetición del lanzamiento se suspendió tres minutos después.

El Código Disciplinario de la RFEF tipifica la responsabilidad de los clubes (artículo 15) ante incidentes de este tipo y las circunstancias para determinar la gravedad de los hechos, así como las provocaciones al público.

"Provocar la animosidad del público obteniendo tal propósito, salvo que, por producirse, como consecuencia de ello, incidentes graves, la infracción fuere constitutiva de mayor entidad, se sancionará con suspensión de cuatro a doce partidos", indica el artículo 98.

El Comité de Disciplina debe pronunciarse todavía sobre los incidentes ocurridos en el Espanyol-Villarreal (1-2)jugado el día 26, ya que el acta reflejó que finalizado el encuentro, cuando el equipo arbitral estaba en la entrada del túnel de vestuarios, un aficionado local lanzó un vaso de plástico con líquido que impactó en el árbitro principal.

Tras ello, el comité requirió al Espanyol para que remita alegaciones y aporte las pruebas que considere pertinente y solicitó a la Oficina Nacional de Deportes, adscrita a la Comisaría General de Seguridad Ciudadana del ministerio del Interior, la remisión del Acta de Partido suscrita por el Coordinador de Seguridad del encuentro. EFE

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