La Fiscalía Anticorrupción ha fijado la pena que solicita para el principal acusado en el 'caso Nummaria', Fernando Peña, en 231 años y 9 meses de cárcel por hasta 57 delitos fiscales, organización criminal y estafa procesal, entre otros delitos. Reduce así la petición inicial en 67 años. Así se desprende del escrito de conclusiones finales del fiscal, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que además fija finalmente la pena que solicita para la actriz Ana Duato en 16 años de cárcel por cinco delitos fiscales de los ejercicios 2010, 2011, 2012, 2014 y 2015. Ya en el momento de la exposición de sus conclusiones, el fiscal Tomás Herranz anunció que retiraba la acusación por los ejercicios 2016 y 2017, y fija así su petición en la mitad de la pena que interesó en un inicio (32). En su exposición del pasado 20 de septiembre, el fiscal explicó ante el tribunal de la Audiencia Nacional que decidía retirar la petición para los años 2016 y 2017 a la luz del último informe de la Agencia Tributaria incorporado a la causa que ajustaba a la baja las cifras defraudadas por Duato entre los años 2014 y 2017. Este reajuste se debe, según fuentes jurídicas consultadas por Europa Press, a que el cálculo inicial de las cantidades que cobraba en esos últimos años la actriz por su papel en la serie 'Cuéntame como pasó' en realidad era inexacto y percibía cantidades menores. El escrito del Ministerio Público recoge además que retira la acusación para cuatro de los encausados, incluido en hijo de Peña, y que para el marido de la actriz y productor de la serie, Miguel Ángel Bernardeau, la pena que solicita queda en 18 años y 6 meses por 4 delitos fiscales. Tal y como explicó el fiscal ante la Sala, el escrito fija que, alternativamente, y en caso de que el tribunal dé por bueno que lo que abonó Duato a la sociedad Agapantus --a nombre de su representante José Triana-- no fue un "desvío" para minorar lo que tenía que pagar a Hacienda por IRPF, retiraría también la acusación por los años fiscales de 2014 y 2015. Esto provocaría que en realidad sólo se acusara por tres delitos fiscales por los años 2010, 2011 y 2012, y la pena quedaría en 10 años de prisión. En este caso, su marido sólo respondería por el año fiscal de 2012 y su pena se fijaría en 3 años y 6 meses de cárcel. Triana, en su testifical ante el tribunal, indicó que cobraba sus honorarios como representante de Duato a través de la sociedad 'Representaciones Artísticas Agapantus' y que, por su labor con la actriz, recibía dinero de Ganga Producciones, productora de la serie estrella de TVE y de la que era propietaria en un porcentaje la propia actriz. Esta aseveración chocaba frontalmente con lo mantenido por Fiscalía que sostuvo en un informe de 2019 que la actuación de Triana y su sociedad era "ficticia" y que su única función era la de simular que se prestaban servicios de representación "con la finalidad de ocultar parte de las rentas de Ana Duato por su trabajo como actriz". Por su parte, la Abogacía del Estado, en su escrito de conclusiones, al que también ha tenido acceso esta agencia de noticias, informa de que sólo acusa a Duato por tres ejercicios fiscales, de 2010 a 2012. El caso de Imanol Arias, también encausado pero que llegó a un acuerdo de conformidad con la Fiscalía al inicio del juicio, explica que se le ha de condenar por cinco delitos fiscales --2010, 2011, 2012, 2013 y 2014-- a 2 años y 2 meses de cárcel. El escrito del fiscal recoge que en su caso concurre la circunstancia de reparación del daño y confesión del delito. EL DESPACHO DE JUAN BRAVO Cabe recordar que en este juicio se acusa a una treintena de personas por presuntamente haber evadido impuestos a través del despacho de abogados Nummaria, dedicado supuestamente a construir y mantener una estructura jurídico-económica destinada a tal fin. Según Anticorrupción, Peña, "con el fin de evitar que las actividades ilícitas que realizaba" bajo la cobertura de la asesoría fiscal fueran detectadas, creó un entramado de sociedades españolas a la par que controlaba múltiples sociedades en Inglaterra, Costa Rica, Canadá, Uruguay o Luxemburgo. Esas sociedades --en número superior a 200-- eran empleadas, indica el Ministerio Público, "tanto para facilitar la opacidad de las operaciones del despacho Nummaria, como para entregarlas a los clientes que deseaban emplearlas para la realización de las actividades ilícitas" investigadas en la causa. Esa opacidad era buscada tanto frente a la Hacienda Pública como frente a otras terceras personas físicas y jurídicas que ostentaban algún derecho de crédito contra los encausados. "Los integrantes del despacho eran conscientes de que esas estructuras iban a ser utilizadas para realizar actividades delictivas", recuerda el Ministerio Público. Añade el escrito que las estructuras societarias creadas eran prácticamente idénticas para todos los clientes afectados del bufete Nummaria y la finalidad de las mismas en la mayor parte de los casos era evitar la tributación por el Impuesto de Sociedades o el IVA de las sociedades operativas españolas o, en el caso de las personas físicas, por el IRPF.