Madrid, 25 sep (EFE).- La Audiencia Nacional ha concedido la libertad condicional a Francisco Larrañaga, el español que fue condenado a pena de muerte en Filipinas en 2004 y quien, tras abolirse las ejecuciones en ese país, fue trasladado a España para que siguiera cumpliendo la nueva condena impuesta.
Según ha avanzado El Confidencial y han confirmado a EFE fuentes jurídicas, el juez de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional, José Luis Castro, ha acordado esa medida con el visto bueno de la Fiscalía, alegando su buena conducta y un pronóstico favorable de reinserción social.
Larrañaga fue condenado a cadena perpetua, junto con otros cinco jóvenes filipinos, por el secuestro, violación y asesinato de las hermanas Marijoy y Jacqueline Chiang, ocurrido en la ciudad de Cebú (centro del archipiélago) en 1997, si bien en 2004 el Tribunal Supremo de ese país elevó la condena a la pena de muerte.
Tras ello, el entonces presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, y el Parlamento Europeo pidieron a las autoridades filipinas que revisaran el caso ante supuestas irregularidades pero el Supremo ratificó la pena capital en 2005.
No obstante, un año después, Filipinas abolió la pena de muerte y convirtió estas condenas en otras de reclusión perpetua.
Al año siguiente, España y Filipinas firmaron el tratado sobre traslado de personas condenadas entre ambos países, lo que permitió que Larrañaga abandonara la cárcel de Manila en octubre de 2009 para cumplir el resto de su condena en territorio español.
Como en España no existe la cadena perpetua, la Audiencia Nacional reconvirtió su pena en una condena de 40 años, de la que ya ha cumplido más de la mitad.
Francisco Larrañaga cumplía en la cárcel guipuzcoana de Martutene y su fecha de libertad definitiva está fijada para el 28 de septiembre de 2034. Desde 2016 estaba clasificado en tercer grado, paso previa a la condicional que ha logrado ahora, ocho años después, a partir de una propuesta de la Junta de Tratamiento de centro penitenciario.
El tratado sobre traslado de personas condenadas establece que uno de los estados no puede indultar a un ciudadano que haya sido condenado por la Justicia del otro estado, pero sí permite que uno de ellos solicite, mediante petición razonada, la concesión del indulto, como hizo en 2013 sin éxito el Gobierno de Mariano Rajoy. EFE
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