Málaga, 25 sep (EFE).- El fiscal ha pedido que se revoque la sentencia que absolvió al artista urbano Invader y el exdirector del Centro de Arte Contemporáneo (CAC) de Málaga Fernando Francés, al considerar que cometieron un delito continuado de patrimonio histórico al "invadir" Málaga de mosaicos en edificios históricos en mayo de 2017.
La Sección Novena de la Audiencia Provincial de Málaga ha acogido este miércoles la vista del recurso de apelación que interpuso la Fiscalía al no estar conforme con la valoración jurídica de la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal 8 de Málaga, que absolvió a los dos acusados al entender que no había quedado acreditado el delito.
Durante la vista oral, el fiscal delegado de Medio Ambiente de Málaga, Fernando Benítez, ha esgrimido que los hechos ocurrieron tras la "ejecución de un plan preconcebido" y con continuidad delictiva.
Ha apelado a la doctrina del Tribunal Supremo que refiere sobre este delito que "todo daño sobre bienes de valor histórico o artístico que impliquen una pérdida de valor o suponga una necesidad evaluable económicamente encontrará acogida en la conducta tipificada en dicho artículo independientemente de la cuantía".
Benítez ha advertido de que los mosaicos se pusieron para ser vistos y que no eran pequeños y ha recordado el coste que tuvo la retirada y la reparación de las fachadas al estado anterior, lo que supuso, según el fiscal, "trabajos que exceden con mucho la mera limpieza y que son económicamente evaluables."
Además, se colocaron sin autorización administrativa ni el permiso de los titulares de los edificios afectados y, "en todos los casos hubo que arrancar o despegar las placas de mosaicos, en algunos casos picar el muro, restaurar mediante colocación de nuevo mortero y enlucido, pintura y limpieza de la fachada afectada", ha agregado el fiscal.
Entre otros motivos esgrimidos por el fiscal para que se revoque la sentencia ha dicho que se ha cometido infracción de ley y ha recordado que los hechos probados en la sentencia apelada corresponden casi en su integridad a los plasmados por la acusación pública en su escrito de conclusiones.
Los abogados defensores han pedido que se desestime el recurso de apelación interpuesto por el fiscal y han solicitado que se proceda a la confirmación íntegra de la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 8 de Málaga en octubre de 2023.
Durante el juicio, que quedó visto para sentencia el pasado 13 de julio, el fiscal afirmó en sus conclusiones finales que "una obra de arte no puede perjudicar a otra que tiene un valor reconocido", en referencia a la "invasión" que hizo el artista urbano con quince mosaicos en el centro histórico de Málaga en 2017 en edificios integrados como Bien de Interés Cultural (BIC).
El ministerio público solicitó que cada uno de ellos fueran condenados al pago de una multa de 24 meses, a 50 euros por día (36.000 euros), mientras que las defensas pidieron la absolución.
Los procesados siempre negaron haber cometido un delito contra el patrimonio pero en el banquillo de los acusados solo se sentó el exdirector del Centro de Arte Contemporáneo (CAC) -supuesto inductor de la acción, ahora absuelto- porque al artista se le permitió no asistir para mantener su anonimato, posibilidad que contempla la ley cuando la pena solicitada por la acusación es inferior a los dos años de prisión.
Durante el turno de última palabra, Fernando Francés mantuvo su inocencia y aseguró que él contactó con el artista para hacer una serie de proyectos en Málaga pero que "jamás" fuera del barrio malagueño del Soho y que en su trayectoria en el mundo cultural siempre le ha preocupado y ha protegido el patrimonio cultural, por lo que reiteró que Invader actuó solo y de forma clandestina.
El abogado de Fernando Francés, José Carlos Aguilera, ha recordado que la propia sentencia afirmaba que no se trataba de pintadas o grafitis sino de mosaicos también de valor artístico cuya autoría por Invader, artista urbano reconocido a nivel internacional, consta acreditada.
Además ha argumentado que los mosaicos se instalaron sin afectar a ningún elemento ornamental y en el caso de los dos edificios declarados BIC se ubicaron en paramentos laterales, no en la fachada principal y sin degradar los valores de dichos bienes.
En el resto de edificios, según Aguilera, sí existía un impacto visual pero no suponía ni la destrucción del edificio, ni total ni parcial ni existía un deslucimiento de los inmuebles que determinaran una pérdida de valor.
Este letrado ha recalcado que además los propios mosaicos "eran una obra de arte" y ha insistido en que no ha quedado acreditado que se concertaran previamente entre ellos y que Fernando Francés conociera las intenciones del artista y los lugares donde iba a instalar los mosaicos. EFE
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