El abogado del homicida confeso de Juana Canal, la mujer que desapareció en 2003 y cuyo crimen se resolvió casi dos décadas después, defiende que su cliente no ha cometido ningún delito y menos un homicidio doloso como reclama la Fiscalía de Madrid y la familia de la víctima. "Entendemos que no hay comisión de ningún delito. Es un hecho accidental, desgraciado y fortuito sin ninguna voluntad de causar la muerte y los hechos posteriores en nada afectan a la dinámica de lo que sucedió esa noche", ha manifestado el letrado a su llegada a la Audiencia Provincial de Madrid, donde durante la primera jornada se seleccionará al jurado popular que enjuiciará los hechos. El tribunal tendrá que determinar si la muerte de Juana Canal, vecina de Ciudad Lineal de 38 años, fue accidental o si había intención de matarla. Sus huesos se hallaron en abril de 2019 en una finca de Jesús Pradales en Navarredondilla (Ávila). A Jesús se le detuvo en octubre de 2022. Ante el juez, confesó que la había matado en el transcurso de una discusión y reconoció que descuartizó el cuerpo en la bañera, ocultando los restos en una finca próxima a Navalacruz. Tras el homicidio, el asesino confeso dejó una nota manuscrita al hijo mayor de la fallecida indicando que su madre se había marchado tras una pelea. El letrado Luis Manuel Salgado, que ejerce la defensa, ha adelantado que solicitará una atenuante por confesión y otra por dilaciones indebidas. En su caso, califica los hechos de homicidio imprudente, lo que supondría su absolución y puesta en libertad al estar este delito ya prescrito. Respecto a la descuartización del cuerpo, sostiene el letrado que su patrocinado actuó fruto de "la tensión y el pánico" que sufrió tras fallecer Juana de manera accidental después de un golpe que le habría propinado para repeler supuestamente una agresión de su pareja. La Fiscalía de Madrid y la acusación particular, el letrado Juan Manuel Medina, solicitan una condena de quince años de cárcel por un delito de homicidio. El fiscal aprecia una agravante de parentesco mientras el abogado de la familia entiende que concurre un agravante de género. HOMICIDIO DOLOSO A su llegada, el abogado Medina ha destacado en primer lugar que se llega a juicio con "todo bastante clarificado" y cree que en "la sesión de plenario no va a caber ninguna duda de que se trató de un homicidio doloso" y "en ningún caso un homicidio imprudente como el acusado pretende hacer valer". Así, recuerda que también habría un delito contra la integridad moral de las personas, "toda vez que esta persona siguió haciendo su vida normal durante 19 años", otro de denuncia falsa y profanación de cadáver, infracciones penales ya extinguidas. Medina ha indicado que el informe antropológico de los huesos hallados en Ávila no determina la causa de la muerte, por lo que los hechos no se pueden calificar de un delito de asesinato al no poderse demostrar que actuara de una manera alevosa o con premeditación. Sin embargo, considera que "hay una serie de actuaciones conductuales posteriores al homicidio que determinan claramente que se trata de una acción dolosa como es el mero hecho de la profanación del cadáver". La acción dolosa también vendría refutada por "el ocultamiento de los hechos al interponer una denuncia ya una vez fallecida Juana diciendo que él había sido agredido por ella y dejar una nota manuscrita para hacer ver a sus a sus hijos que Juana se había marchado voluntariamente". MUERTE ACCIDENTAL En octubre de 2022, Jesús Pradales manifestó ante la jueza que la víctima le amenazó con clavarse un cuchillo y culparle en el transcurso de una discusión en la que habría fallecido de forma accidental tras golpearla para evitar una agresión. El crimen se resolvió tras localizarse sus huesos en una finca en Ávila, lo que llevó a los investigadores a la detención de Jesús en octubre. Los restos aparecieron en mayo de 2019 pero hasta junio de 2022 no se comunicó a la familia este hallazgo. Tras su detención, un juez de Ávila acordó su ingreso en prisión provisional, pero se inhibió a favor de los juzgados de Madrid al entender que los supuestos hechos delictivos tuvieron lugar en el partido judicial de la capital. En el auto de apertura de juicio, la jueza exponía que de los hechos que han sido objeto de acusación se estima que procede el enjuiciamiento de los hechos ocurridos en la madrugada del día 22 de febrero de 2003, cuando Jesús inició con Juana Canal una discusión. "En un momento dado, con la intención de causarle la muerte, o cuando menos, siendo consciente de que con su acción podría ocasionar tal resultado, la golpeó con fuerza en el cuello, cayendo ella y falleciendo como consecuencia de ello. Cuando Jesús comprobó que su pareja estaba muerta, descuartizó su cuerpo y lo trasladó hasta Navarredondilla (Ávila), donde la enterró y fueron hallados sus restos óseos el día 18 de abril de 2019", recoge la resolución.