Absuelven a un profesor condenado a 14 años por agresión sexual a un alumno menor

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Valladolid, 13 set (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha absuelto al profesor de Medina del Campo (Valladolid) A. F., condenado a 14 años de cárcel por la Audiencia Provincial de Valladolid por agredir sexualmente a un alumno menor de edad, por considerar "poco fiable" el testimonio de la víctima, "única prueba" e "insuficiente para la condena por sí sola".

El pasado marzo, la Audiencia condenó al profesor del colegio San Juan de la Cruz de los Carmelitas Descalzos de Medina del Campo a esos 14 años de cárcel por agredir sexualmente a un menor interno en el seminario del centro escolar.

El Tribunal Superior de Justicia, según la sentencia facilitada este viernes, sostiene que se encuentran "exclusivamente con la declaración del denunciante como única prueba de cargo de las imputaciones", por lo que "basarse en dicha prueba" supone "un acto de fe en la veracidad de lo que el mismo refiere, que consideramos insuficiente para dicha condena por sí sola -añade-".

Según el fallo, contra el que cabe recurso de casación, "la condena del acusado, por tanto, en la sentencia recurrida supone la infracción de los principios de presunción de inocencia y de in dubio pro reo, dado que el mismo debió ser absuelto con todos los pronunciamientos favorables, puesto que no ha quedado acreditada, más allá de toda duda razonable, la comisión del grave delito imputado".

En el juicio seguido en la Audiencia Provincial de Valladolid, la fiscalía solicitó 23 años de pena para ese profesor, que en el 2023 ya fue condenado a 13 años por abusar de otro alumno.

La víctima, que compareció por videoconferencia, se ratificó en sus declaraciones previas y acusó a A.F. de invitarle con frecuencia a su apartamento que tenía en el mismo centro educativo.

Sostuvo que los hechos más graves tuvieron lugar a finales de 2014, cuando el acusado le dio un masaje en la espalda mientras estaba tumbado, le dio la vuelta para masturbarle y, al negarse el adolescente, le abofeteó y le penetró analmente. Una situación que se repitió en dos ocasiones más.

También sostuvo que el denunciado "le llamaba sin necesidad" y le mandaba mensajes con mucha frecuencia, que solían tomar alcohol y "fumar cachimba" en sus estancias junto a otros alumnos, aunque los supuestos ocurrieron cuando estaban solos, y ha señalado su relación le hizo sentirse "guay" por la atención recibida.

Asimismo, a finales de 2014 A.F. le invitó a su habitación para jugar a un juego en el que se tenía que pintar la cara y le propuso a posteriori que se duchara en su baño, a lo que accedió y fue entonces cuando el denunciado tomó su imagen, que le enseñó tiempo después y con la que presuntamente le chantajeó más adelante.

La defensa del acusado calificó el proceso de "denuncia falsa" en su alegato final, y preguntó a la víctima por qué mantuvo una relación de amistad con el acusado tras los supuestos abusos sexuales.

Sobre los mensajes de WhatsApp que le envió el profesor, transcritos en el relato de hechos probados de la sentencia, el TSJCYL advierte de que "el tenor de los mismos denota la existencia de una relación de intimidad y de tipo sentimental, totalmente inapropiada desde luego entre profesor y alumno, pero la fecha de tales mensajes nos remiten a momentos (abril de 2017 y diciembre de 2018)" en los que el alumno era ya mayor de 16 años.

"Por lo tanto, tales pruebas y datos pudieran servir, todo lo más, para corroborar la existencia de una relación de amistad, de tipo homosexual, entre acusado y denunciante, pero no la existencia de actos de contenido sexual entre ellos", concluye el TSJCYL. EFE

mr/jdm

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