Madrid, 5 sep (EFE).- El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha desestimado por falta de competencia de este tribunal la querella presentada por nueve personas contra el influencer Amadeo Lladós por supuestos delitos de estafa agravada, odio y organización criminal por la venta de cursos en internet para hacerse millonario.
La querella relata que Antonio Lladós, conocido en redes sociales como Llados y Lladosfitness, es el propietario de un portal de internet denominado "SALATU1MILLON", en el que comercializa cursos en los que hace creer que su contratación lleva a hacerse rico y señala que "evidentemente no es cierto mientras él se lucra con el cobro de enormes cantidades de dinero".
Según la querella, para enganchar a sus víctimas el influencer muestra una imagen de persona rica y exitosa, altamente musculado, con múltiples productos de lujo como casas, coches, yates y relojes, y acompañado de numerosas mujeres con la promesa de que si se contrata su curso algún día se llegará a ser como él, y además hace creer a sus clientes que van a obtener un título legítimo.
Los querellantes también denuncian que los pagos que exige Lladós cada vez van a más y advierten de que manipula a sus clientes para que cada vez le abonen mayores cantidades de dinero, hasta 10.000 euros, "mediante lo que se puede denominar coacciones veladas".
Por último aseguran que una vez que se forma parte de su red de clientes él mismo ofrece una forma de obtener comisiones o descuentos en nuevas suscripciones con la promoción de sus productos en las redes sociales con el objetivo de llegar a más gente.
En un auto el juez José Luis Calama señala en primer lugar que los hechos que la querella califica como delitos de odio y de asociación ilícita se sitúan fuera del ámbito de competencia de la Audiencia Nacional tal como establece la Ley Orgánica del Poder Judicial.
En cuanto al delito de estafa señala que los hechos podrían constituir una defraudación si bien para que el delito sea competencia de la Audiencia Nacional deberían cumplirse alguna de las premisas legales, que se trate de un perjuicio de entidad a la economía nacional o que exista una generalidad de perjudicados en el territorio de más de una provincia.
El auto explica que en el primero de los supuestos la cuantía de la supuesta defraudación no aparece determinada ya que no se expresan las cantidades satisfechas por los querellados salvo algunos pantallazos en los que aparecen pagos de 50, 600 o 1.800 euros.
El juez señala que son cifras muy lejanas a los siete millones de euros de perjuicio que establece el Tribunal Supremo para atribuir la competencia de la Audiencia Nacional.
En cuanto a la segunda de las premisas, que el fraude afecte a una generalidad de personas, el instructor indica que la querella está presentada por nueve personas, una cifra que estima "insuficiente" para justificar por sí mismo la competencia de la Audiencia Nacional.EFE
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