Bruselas afirma que corresponde a España la decisión sobre la opa para comprar Talgo

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Bruselas, 29 ago (EFECOM).- La Comisión Europea dijo este jueves que la decisión del Gobierno español de rechazar la oferta del consorcio público privado húngaro Ganz-Mavag (Magyar Vagon) sobre Talgo corresponde a España, y que no es necesario que el país la comunique a Bruselas.

"La prerrogativa de estas decisiones es de los Estados miembros. No tenemos ningún comentario específico", dijo la portavoz comunitaria Francesca Dalboni en la rueda de prensa de la Comisión.

Recordó asimismo que la legislación europea permite a los Estados miembros "restringir" la libre circulación en la UE sobre la base de motivos de seguridad pública, aunque recordó que las medidas adoptadas deben ser "justificadas y proporcionadas".

Por su parte, el portavoz jefe comunitario, Eric Mamer, indicó que Bruselas no está al corriente de posibles contactos de la empresa húngara afectada con el Ejecutivo comunitario.

Agregó en cualquier caso que el Tribunal de Justicia de la UE es siempre el último auditor en caso de que haya una queja por parte de una de las partes.

La Unión Europea tiene en vigor desde octubre de 2020 un reglamento sobre Inversión Extranjera Directa (FDI) para que los Veintisiete estén mejor equipados para identificar, evaluar y mitigar los posibles riesgos para la seguridad o el orden público, sin que por ello la UE deje de ser una de las zonas de inversión más abiertas del mundo.

La aplicación de esta normativa, actualmente en revisión para incrementar su eficacia, ha permitido a los Estados miembros tener mejor visión de las inversiones extranjeras en la UE y su impacto transfronterizo.

En todo caso, son los Estados miembros quienes mantienen los mecanismos de control necesarios para detectar riesgos para la seguridad o el orden público derivados de determinadas operaciones de inversión, y los que tienen la última palabra sobre ellas.

La regulación también permite a la Comisión Europea emitir opiniones cuando una inversión amenace la seguridad o el orden público de más de un Estado miembro, o cuando una inversión pueda socavar un proyecto o programa estratégico de interés para toda la UE, como puede ser la constelación de satélites Galileo.

Los casos que sólo implican inversiones de una o varias entidades establecidas en la UE no entran, en principio, en el ámbito de aplicación del reglamento, a menos que la empresa que realiza la inversión sea una disposición artificial que no refleje la realidad económica. EFE

mb-rja/cat/sgb

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