La CNMV establece los trámites para prestar servicios relacionados con los criptoactivos

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Madrid, 23 jul (EFECOM).- La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha publicado sendos documentos que establecen el procedimiento para convertirse en proveedor de servicios de criptoactivos y la información que las entidades financieras deben facilitar para prestar ese tipo de servicios.

El supervisor ha dado este paso ante la próxima entrada en vigor del reglamento europeo sobre mercados de criptoactivos, más conocido como MiCA por sus siglas en inglés (Markets in Crypto Assets).

En concreto, la CNMV ha publicado el manual para solicitar la autorización necesaria para actuar como proveedor de servicios de criptoactivos, y el modelo de notificación de la información que deberán presentar las entidades financieras para prestar estos servicios.

Según el supervisor, estos documentos "tienen por objeto facilitar los procesos de autorización y notificación".

El reglamento MiCA no se podrá aplicar hasta el 30 de diciembre de 2024, por lo que la CNMV no autorizará a ninguna entidad a prestar servicios de criptoactivos hasta ese momento.

No obstante, los interesados podrán presentar sus solicitudes a partir de septiembre de 2024 para facilitar y agilizar el proceso.

Con la publicación de estos documentos se cumple uno de los objetivos del Plan de Actividades de la CNMV para este año, que consiste en facilitar a los intermediarios financieros la adaptación al nuevo reglamento europeo. EFECOM

mam/ltm

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