Un juez de Madrid archiva una causa por tres muertes en una residencia durante la pandemia

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Madrid, 12 jul (EFE).- Un juez de Madrid ha archivado la causa en la que se investigada si la muerte de tres ancianas en una residencia fue un homicidio imprudente imputable a la directora de centro, al considerar que la investigada aplicó los protocolos vigentes y las mujeres habrían fallecido igualmente aunque hubieran sido trasladas a un hospital.

En un auto al que ha tenido acceso EFE, el titular del Juzgado de Instrucción número 9 de Madrid decreta el sobreseimiento y archivo de las actuaciones abiertas tras la querella interpuesta por familiares de tres residentes que murieron en la Residencia Domus VI Albufera.

En la querella los familiares imputaban a la empresa que gestionaba la residencia, Geriavi, y a la directora por los delitos de homicidio imprudente, lesiones imprudentes, omisión del deber de socorro y prevaricación.

El magistrado precisa que no es posible imputar a la mercantil delitos de homicidio imprudente, ya que la ley no lo permite al tratarse de una persona jurídica.

Sobre la directora del centro explica que en los informes de la perito forense "se manifiesta que la decisión de no derivar a dichas pacientes se ajustaba a la normativa administrativa que se dictó, tras la entrada en vigor del estado de alarma, referente a los traslados de los residentes contagiados a centros hospitalarios o sanitarios".

Precisa que "la actuación llevada a cabo por la directora de la Residencia Geravi y por los médicos que atendieron a las fallecidas fue adecuada y ajustada a la 'lex artis'" y no existe infracción de deber de cuidado, de manera que "no puede hablarse de un homicidio por imprudencia grave o menos grave".

Destaca el juez que en los informes forenses también se expone "claramente" que "de haberse derivado a las pacientes a un hospital y haberse confirmado el COVID-19 con anterioridad, no se hubiera evitado los fallecimientos, por lo que no puede acogerse como cierto el requisito de la evitabilidad del resultado, imprescindible para poder apreciar el tipo penal del homicidio imprudente que se le atribuye a la querellada".

El juez precisa no obstante que "la ausencia en el Código Penal de un delito de riesgo que sancione la intencionada o negligente ocultación de la información científica precisa para conocer y paliar los efectos de una pandemia, generando así un grave riesgo para las personas, impide abrir un proceso penal para la investigación de una conducta que ya de antemano sabemos que es atípica".

Y añade que "la Sala está encadenada al principio de legalidad" y no puede perseguir "unos hechos que, por más que su realidad pudiera quedar acreditada en fase de investigación, carecen de relevancia penal".

Esta decisión, que es recurrible, se une a una veintena de archivos decretados por los juzgados de la Comunidad de Madrid en casos de fallecimientos de ancianos en residencias durante los meses más duros de la pandemia.

El pasado mes de mayo la Audiencia Provincial de Madrid ratificó el archivo de una denuncia contra la directora y dos médicos de la residencia de mayores Adolfo Suárez, en la capital, en la que se les acusaba de sendos delitos de homicidio imprudente y omisión del deber de socorro por la muerte de dos residentes durante la pandemia.

Y el pasado 20 de junio trascendió que el Tribunal Supremo había archivado una denuncia contra la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, por la muerte de 7.291 personas en las residencias de la región durante la pandemia de covid-19. EFE

pgm/aam

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