El Supremo condena a 6 sindicalistas por hostigar a un empresario de Gijón hasta que cerró

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Oviedo, 24 jun (EFE).- El Tribunal Supremo ha ratificado la condena de tres años y medio de prisión impuesta a seis personas, vinculadas al sindicato CNT, por actos de hostigamiento al propietario de la pastelería 'La Suiza' de Gijón que provocaron su cierre.

La Sala de lo Penal ha rechazado el recurso de casación interpuesto por los condenados -cinco mujeres y un hombre- y ha avalado la pena dictada el Juzgado de lo Penal número 1 de Gijón, que fue ratificada por la Audiencia Provincial.

El Supremo considera acreditado que todos ellos participaron en una campaña de hostigamiento y de coacciones al empresario que había sido jefe de una de las encausadas para denunciar un presunto acoso laboral y sexual.

Los hechos se remontan a junio de 2016, cuando la pareja sentimental de ésta se presentó en la pastelería 'La Suiza', lugar de trabajo de su mujer, que estaba embarazada y sufría pérdidas, y mantuvo un altercado con el empresario, que culminó con una denuncia del hostelero por amenazas y daños en su local.

Según los hechos ahora confirmados, la empleada, a raíz de la apertura de juicio oral contra su pareja dejó su empleo, entró en contacto con el sindicato CNT y se concertó con los acusados para iniciar una "campaña de presión sobre el empleador y su familia".

Entre otros actos, la sentencia confirmada detalla la convocatoria a través de las redes sociales de concentraciones delante del establecimiento con pancartas, la entrega de pasquines contra el empresario, así como la difusión de un vídeo en el que le denunciaban por acoso laboral y sexual.

Los condenados, según el relato de hechos probados, "incrementaron durante varios meses las acciones de boicot y presión" hacia el empresario y su familia porque éste se negó a indemnizar a la empleada por despido improcedente y a retirar la acusación contra la pareja de ésta.

Las concentraciones delante de la empresa terminaron cuando el empleador decidió cerrar su negocio, lo que, según el Supremo, fue "la consecuencia directa de la presión, constante y reiterada y desproporcionada derivada del número de concentraciones realizadas como respuesta por no acceder a las pretensiones económicas de los acusados".

El Supremo señala que de los hechos probados se desprende "una actuación concertada de los recurrentes para presionar al empresario del local para conseguir sus fines, entre ellos la retirada de una denuncia interpuesta por el empresario contra la pareja de una trabajadora".

Además, sostiene que las intenciones "de presionar al empresario para conseguir los fines previstos por los recurrentes" y que "la metodología llevada a cabo y que consta probada no integra un ejercicio de la libertad de expresión dentro del ejercicio de la libertad sindical".

La Sala añade que los hechos probados que "son intangibles no suponen el ejercicio de la libertad de expresión, sino prácticas coercitivas impidiendo el ejercicio libre de una actividad comercial con presiones continuadas de los recurrentes".

La sentencia ha despertado críticas de partidos de izquierda como Unidas Podemos, cuya secretaria general, Ione Belarra, ha mostrado su apoyo y su compromiso para "revertir esta injusta condena" a seis personas por "proteger a una compañera que sufrió acoso laboral".

Desde EH Bildu, Oskar Matute ha afirmado que es "una injusticia y un sinsentido" la condena y ha añadido: "Todo mi apoyo para las 6 de la Suiza". EFE

mfc/gv/rb

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