CEPPT considera fijeza como única sanción contra abuso temporalidad tras sentencia TJUE

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Madrid, 17 jun (EFECOM).- La Coordinadora Estatal de Empleados Públicos Temporales (CEPPT), tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del pasado jueves, considera "la fijeza como única sanción contra el abuso de la contratación temporal" y añade "que es acorde con el ordenamiento jurídico nacional".

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó el pasado jueves que la conversión de interinos en trabajadores con contrato indefinido puede ser una medida adecuada para prevenir y sancionar los abusos de temporalidad en la administración pública siempre y cuando "no implique una interpretación del Derecho nacional contraria a la ley".

En un comunicado remitido esta noche a EFE, la CEPPT explica que "la conversión en 'fijos estabilizados' es viable", como, añade, "ya se expuso en el informe jurídico, realizado en 2021, por María Emilia Casas, expresidenta del Tribunal Constitucional".

Dicho informe, recuerda la CEPPT, "define la figura del 'fijo estabilizado', de forma similar a lo regulado en el artículo 87 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público, donde se contempla la integración directa como funcionarios públicos a extinguir , sin llegar a ser funcionarios de carrera, a los trabajadores de las entidades del Sector Público Institucional reabsorbidas por las Administraciones públicas, que vinieran ejerciendo funciones reservadas a funcionarios Públicos".

La CEPPT entiende "que la única sanción viable frente al abuso de contratación temporal dentro de la normativa nacional es la fijeza, ya que el pago de indemnizaciones proporcionadas, efectivas y disuasorias arruinaría las arcas públicas, lo que agravaría el deterioro de los servicios públicos y se incumpliría el compromiso del Gobierno en el plan de Resiliencia de reducir la temporalidad a coste cero".

Recuerda que el Gobierno "impulsó la Ley 20/21 que, aunque con bastantes lagunas y errores y sin cumplir con la jurisprudencia europea, intentaba estabilizar las plazas ocupadas de personal temporal en abuso para cumplir así con el compromiso con la UE de reducir la temporalidad a menos del 8%".

"Sin embargo -prosigue la nota- numerosas Administraciones Públicas han incumplido dicho mandato y, en consecuencia, cientos de miles de empleados públicos en temporalidad ilícita no han podido estabilizar en un puesto de trabajo, incumpliendo de forma válida el compromiso de la UE, que está muy lejos de alcanzarse".

"Celebramos la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del 13 de junio de 2024, porque reconoce los derechos de los empleados públicos en abuso, sentencia que llega tras largos años de lucha contra la cerrazón de los Tribunales españoles, el Gobierno y las Administraciones Públicas".

En su sentencia, el TJUE destaca que el juzgado español que le hizo la pregunta considera que estas conversiones de interinos en trabajadores indefinidos serían legales si los empleados estuvieran "sujetos a las mismas causas de cese y de despido que aquellas que rigen para los funcionarios de carrera sin, no obstante, adquirir la condición de funcionario de carrera".

La Justicia europea respondió de esta forma a las cuestiones prejudiciales elevadas por un juzgado de Barcelona que debe resolver dos casos que enfrentan a tres trabajadoras con la Dirección General de la Función Pública y el Departamento de Justicia de la Generalitat de Cataluña. EFECOM

plv/gcf

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