Procesan a un exdirector de Trabajo de la Junta de Andalucía en una pieza de los ERE

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Sevilla, 12 jun (EFE).- El Juzgado de Instrucción 6 de Sevilla ha dictado un auto en el que acuerda continuar como procedimiento abreviado las diligencias previas contra el ex director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía, Daniel Alberto Rivera, y un representante de la mediadora Vitalia, en una pieza separada de los expedientes de regulación de empleo (ERE).

Esta pieza está centrada en las presuntas irregularidades en las ayudas por un valor de 1,05 millones que la Junta habría concedido a las empresas Graficromo, mercantil constituida en Córdoba y que tenía por objeto social la realización de actividades pertenecientes al sector y comercio de artes gráficas, y Taller de Libros SL.

En un auto fechado el 3 de junio y notificado ahora a las partes personadas en el procedimiento, al que ha tenido acceso EFE y del que ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en un comunicado, el magistrado toma esta decisión por si los hechos denunciados pudieran ser constitutivos de delitos de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos y falsedad documental.

Da además traslado de la causa a la Fiscalía Anticorrupción y a las acusaciones personadas para que, en el plazo de veinte días, soliciten la apertura del juicio oral con escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa o, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias indispensables.

Asimismo, el magistrado acuerda el sobreseimiento provisional de la causa respecto de otros tres investigados, entre ellos un exdelegado de Empleo de la Junta de Andalucía en Córdoba, al considerar que contra ellos "no se encuentran" en la causa indicios sólidos que permitan atribuirles participación relevante penalmente en los hechos.

En relación al exdelegado de Empleo de la Junta en Córdoba contra quien archiva la causa, el instructor explica en concreto que habría puesto en contacto a los trabajadores de Graficromo con el correspondiente director general de Trabajo para hacerle partícipe de las problemáticas relaciones laborales concurrentes y conseguir ayudas.

De igual modo, el instructor explica que no es posible depurar la posible responsabilidad penal ni continuar el procedimiento por su participación en estos hechos presuntamente delictivos contra el exconsejero de Empleo Antonio Fernández, el exviceconsejero del ramo Agustín Barberá, y los ex directores generales de Trabajo Juan Márquez y Francisco Javier Guerrero (ya fallecido).

Respecto a ellos señala que ya habrían sido encausados por la perpetración de aquellos en el procedimiento abreviado relativo a la ilicitud penal del denominado procedimiento específico instaurado para llevar a efecto la ilícita concesión de ayudas por parte de los responsables de la Junta, siguiendo el criterio establecido por la Audiencia de Sevilla en distintos autos que confirman la exclusión de esta pieza de dichos ex altos cargos.

Por otra parte, el juez indica que "no concurren" en Daniel Alberto Rivera las mismas circunstancias sustantivas o procesales que las que recaen en sus antecesores en el cargo de director general de Trabajo, y añade que su exclusión de esta causa, en consideración a los mismos motivos por los que en su momento se excluyó a Juan Márquez y a Francisco Javier Guerrero, "no puede tener acogida" porque Rivera no ha sido enjuiciado en la causa del denominado procedimiento específico. EFE

rro/fs/aam

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