EL TJUE sentencia que la Comisión pague intereses a las empresas multadas indebidamente

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Bruselas, 11 jun (EFECOM).- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha sentenciado este martes que la Comisión Europea deberá devolver las multas que hayan abonado provisionalmente las empresas sancionadas indebidamente en materia de competencia, a las que además deberá pagar intereses.

Según señala el tribunal, estos intereses están destinados a indemnizar el período comprendido entre la fecha del pago provisional de dicha multa anulada o reducida, y el de devolución.

La obligación existe incluso cuando los rendimientos financieros de la inversión por la Comisión del importe de dicha multa durante ese período hayan sido nulos o incluso negativos, explica la fuente.

Esta decisión parte de la sentencia en la que desestima el recurso de casación que la Comisión interpuso ante el TJUE después de que el Tribunal General le condenase a pagar aproximadamente 1,8 millones de euros a la empresa Deutsche Telekom AG.

La disputa comenzó en octubre de 2014, cuándo la Comisión Europea impuso a dicha empresa una multa de unos 31 millones por abuso de posición dominante en el mercado eslovaco de los servicios de telecomunicaciones de banda ancha.

La compañía alemana interpuso recurso de anulación contra dicha decisión ante el Tribunal General, aunque procedió a pagar dicha multa con carácter provisional en enero de 2015.

Dicho tribunal estimó parcialmente el recurso y redujo el importe de la multa en unos 12 millones y, en consecuencia, la Comisión devolvió a la empresa ese importe en febrero de 2019.

Tras esto, Deutsche Telekom solicitó a la Comisión que le abonara los intereses de demora sobre dicho importe por el período comprendido entre la fecha del pago de la multa y la de devolución de esta, es decir, más de cuatro años.

Ante la negativa de la Comisión, Deutsche Telekom se dirigió de nuevo al Tribunal General, que condenó a la Comisión a pagar esos 1,8 millones de euros. EFECOM

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