Un año de prisión para un hombre de 66 años por acariciar con ánimo sexual a una niña de 13 en la comarca de Pamplona

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La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha condenado a 1 año de prisión a un hombre de 66 años que, "con ánimo de satisfacer su libido, acarició y tocó el pelo" a una niña de 13 años mientras le decía "qué bonita eres, qué guapa eres". Los hechos declarados probados en la sentencia, que ha sido dictada de conformidad tras un acuerdo entre la fiscalía, la acusación particular y la defensa, son constitutivos de un delito de agresión sexual atenuado a menor de 16 años. El encausado no podrá comunicarse ni acercarse a la víctima a menos de 100 metros durante 3 años y deberá cumplir una medida de libertad vigilada de 5 años. Además, indemnizará a la víctima con 500 euros por el daño moral causado. Según han informado desde el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, los hechos enjuiciados se produjeron "en una fecha indeterminada, pero en todo caso en enero o a principios de febrero de 2023". El hombre conoció a la menor en las inmediaciones del domicilio de ambos, en una localidad de la comarca de Pamplona. Mientras "él paseaba a su perrita, la niña le preguntó si podía tocarla". El inculpado "se la llevó a su piso para enseñarle dónde dormía el cachorro". Allí le presentó a su mujer y a su hijo. "El acusado, con la excusa de enseñarle su domicilio, introdujo a la menor en el cuarto de baño y una vez dentro, cerrando la puerta y con ánimo de satisfacer su libido, le acarició la cara diciéndole 'qué bonita eres, qué guapa eres', tocándole el pelo", recoge la sentencia. En días posteriores, el encausado y la menor volvieron a coincidir en su domicilio y en la calle. El hombre, según la sentencia, le preguntó a la joven "si ya tenía la regla porque se le veían las teticas". Acto seguido, le dio 5 euros, le invitó a donuts y torrijas y le pidió que le diera "dos besos en las mejillas" cuando se despidieran. En virtud del acuerdo alcanzado entre las acusaciones y la defensa, la Audiencia Provincial acuerda la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad por 2 años, condicionada a que durante dicho periodo de tiempo el condenado no cometa hecho delictivo alguno, realice un programa de educación sexual, mantenga el tratamiento médico que sigue en un centro de salud mental, abone la responsabilidad civil en 20 plazos de 25 euros al mes y cumpla con la prohibición de alejamiento e incomunicación respecto de la víctima.

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