La corte europea vuelve a dar la razón a la banca en recursos contra contribuciones al FUR

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Bruselas, 29 may (EFECOM).- El Tribunal General de la Unión Europea dio este miércoles la razón al banco austríaco Hypo Vorarlberg Bank en un recurso por el que cuestionaba las contribuciones que la Junta Única de Resolución (JUR) exigió a las entidades financieras en 2022 para constituir el Fondo Único de Resolución (FUR).

Es la tercera vez que la corte europea cuestiona las contribuciones exigidas por la JUR, después de que en abril diese la razón a un banco belga que recurrió el cálculo para 2022 y en diciembre anulase las fijadas para 2021 a raíz de un recurso de varios bancos franceses y un alemán.

En la sentencia dictada hoy, el Tribunal General vuelve a declarar "ilegal" el cálculo de las contribuciones al fondo de resolución en 2022 porque la JUR excedió al fijarlas el límite anual que debería haber respetado y, además, al hacerlo se basó en disposiciones jurídicas ilegales.

No obstante, la corte mantiene los efectos de esa decisión durante un plazo máximo de doce meses hasta que se adopten las medidas necesarias para ejecutar la sentencia.

Esto se debe a que si se obligara a la JUR a reembolsar inmediatamente el importe de la contribución de Hypo Voralberg Bank, así como las aportaciones de las otras entidades que presentaron un recurso similar, existiría el riesgo de privar al FUR de recursos financieros "que pueden resultar necesarios para garantizar la estabilidad de la zona euro y la estabilidad financiera de la Unión".

En el fallo, los jueces europeos explican que, por un lado, la JUR no podía exigir cada año unas contribuciones que excediesen en conjunto el 12,5 % del objetivo final del fondo, que era de casi 80.000 millones de euros.

Por tanto, el límite anual se situaba en unos 9.998 millones y la JUR lo incumplió cuando estableció contribuciones de 14.254 millones para 2022.

Por otro lado, a la hora de realizar este cálculo la JUR se basó en "disposiciones jurídicas ilegales y, por consiguiente, no aplicables a este caso", en concreto, un Reglamento de Ejecución del Consejo de la UE.

Este reglamento se adoptó sobre una base ilegal debido a que los legisladores europeos no lo motivaron adecuadamente y, además, el Consejo alteró en el mismo la metodología de cálculo, de modo que durante casi todo el periodo inicial del FUR (2016 a 2023) una parte de las contribuciones anuales se cuantificó sobre una base de datos nacional y no teniendo en cuenta a todos los Estados participantes.

La sentencia aún puede ser recurrida ante el Tribunal de Justicia de la UE, máxima instancia judicial comunitaria.

El FUR es un fondo de emergencia que puede utilizarse en tiempos de crisis y tiene como objetivo evitar que las entidades de crédito y determinadas empresas de servicios de inversión quiebren una vez se agotan las demás opciones.

Se trata de un fondo financiado por el propio sector bancario que se constituye por medio de las contribuciones que pagan las entidades de los 21 países integrados en la unión bancaria, y el importe de las contribuciones se establece en función del tamaño y el riesgo de las entidades. EFECOM

lpc/cat/sgb

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