Rebajan dos años una condena por abuso sexual a una menor en aplicación de la ley del 'sí es sí'

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado en dos años la pena de ocho impuesta a un condenado por abusos sexuales a una menor en Granada, en aplicación de la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, conocida como la del 'sólo sí es sí'. Así consta en la sentencia del TSJA sobre este caso, consultada por Europa Press, tras el recurso presentado por el procesado tras su condena por la Audiencia Provincial de Granada por unos hechos que tenían lugar en la madrugada del 19 de septiembre de 2019. Acompañado de otro acusado en esta causa, que está en busca y captura, llegó, según queda recogido en la sentencia, a la vivienda de este último en la capital granadina, con otro individuo no identificado y una menor que en ese momento tenía 14 años, la cual "se quedó en dicha vivienda porque no tenía otro lugar en el que dormir". En un momento dado de esa noche, el ahora condenado, "actuando con la intención de satisfacer sus deseos lúbricos y haciendo caso omiso de las reiteradas negativas de la citada menor, hallándose esta desnuda en el salón de la casa, la condujo a uno de los dormitorios donde la tumbó en la cama" y consumó los abusos. La denuncia por estos hechos fue presentada en sede policial el 10 de octubre de 2019 por un familiar de la víctima. El TSJA no estima en su sentencia del pasado 20 de marzo, y que se puede recurrir ante el Supremo, el recurso del procesado si bien revoca parcialmente el fallo de la Audiencia "aplicando retroactivamente las normas más favorables al acusado resultantes de la reforma operada en el Código Civil" por la citada ley, como, por otro lado, marca la normativa para un caso de estas características.

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